6 mayo 2025
Modificación del Concierto Económico Vasco en relación con el IRNR
A partir del 1-5-2025, el impuesto pasa a ser un impuesto concertado de normativa autónoma.
Se adecúa a nivel reglamentario la nueva consideración de las parejas de hecho a nivel fiscal.
Con efectos a partir del 6-12-2024, se adecúa a nivel reglamentario la nueva consideración de las parejas de hecho a nivel fiscal y se realizan las correspondientes adaptaciones técnicas. Hay que tener en cuenta que, además de considerar como pareja de hecho a las constituidas conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de las parejas de hecho (L País Vasco 2/2003), se han incorporado expresamente las parejas de hecho constituidas e inscritas de forma análoga en registros públicos tanto de otras CCAA como de otros Estados miembros de la UE, del Espacio Económico Europeo o de países terceros (NF Gipuzkoa 18/1987 disp.adic.2ª).DF Gipuzkoa 9/2011 art.1.1.regla 1ª, 13.2 y disp.adic.3ª redacc DF Gipuzkoa 55/2024 art.4, BOTHG 5-12-24
6 mayo 2025
A partir del 1-5-2025, el impuesto pasa a ser un impuesto concertado de normativa autónoma.
18 febrero 2025
Se regulan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del IGIC para el año 2025.
4 febrero 2025
Se aprueba el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS y del IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.