1 enero 2026
Modificación del modelo de declaración anual de sistemas de previsión social en el IRPF de Gipuzkoa
Se modifica el modelo 345 para adecuarlo a las modificaciones introducidas por el DF Gipuzkoa 22/2025 que desarrolla el RIRPF.
La L 7/2024 disp.final.1ª establece que el último depositante de las gasolinas, gasóleos y biocarburantes destinados a ser usados como carburante que se extraigan del depósito fiscal, o el titular del depósito fiscal en caso de que sea el propietario de esos productos, está obligado a constituir y mantener una garantía del ingreso del IVA correspondiente a las entregas sujetas y no exentas que se hagan posteriormente de esos bienes. La garantía puede consistir en un pago a cuenta del IVA correspondiente a la entrega sujeta y no exenta posterior a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero, pago que es deducible en la autoliquidación correspondiente al período de liquidación en que se incluya el IVA correspondiente a la entrega posterior. Con efectos a partir del 31-1-2026 y de aplicación por primera vez a:
1 enero 2026
Se modifica el modelo 345 para adecuarlo a las modificaciones introducidas por el DF Gipuzkoa 22/2025 que desarrolla el RIRPF.
11 noviembre 2025
El que se puedan recalificar acontecimientos o hechos ocurridos en años anteriores, con el límite de los diez años, no permite a la Administración alterar la deuda tributaria de esos ejercicios si ya estuviera prescrita, por la máxima temporal de los cuatro años.
23 septiembre 2025
Para calcular la deducción por doble imposición internacional, en concreto la cuota íntegra que correspondería pagar en España, debe tenerse en cuenta el tipo de gravamen al que tributa el grupo y no el de la actividad realizada.
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