Medidas en el IRPF de Gipuzkoa ante la crisis en Oriente Medio

14 abril 2026

Se exonera a los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas del pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de 2026.
Actualidad. 14 a 20 de abril de 2026Medidas en el IRPF de Gipuzkoa ante la crisis en Oriente MedioSe exonera a los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas del pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de 2026.MFF nº 855

9Con efectos a partir del 20-4-2026, los contribuyentes del IRPF que ejerzan actividades económicas no están obligados a autoliquidar e ingresar en la Hacienda Foral de Gipuzkoa el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de 2026. En caso de que voluntariamente presenten la autoliquidación de dicho pago fraccionado no podrán solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago del importe correspondiente, ni tendrán derecho a solicitar la devolución posterior del mismo en concepto de devolución de ingresos indebidos.DFN Gipuzkoa 2/2026EDL 2026/6170 art.3, BOTHG 20-4-26

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