28 julio 2026
Reducción por adquisición mortis de una explotación agrícola
En la reducción por adquisición mortis causa de empresa familiar, para verificar que se cumple el requisito de que la actividad económica constituya la principal fuente renta del causante, de forma excepcional se pueden tomar en consideración los rendimientos obtenidos por la actividad agrícola el año inmediatamente anterior al del fallecimiento cuando se acredita que se trata de explotaciones agrícolas cuyos cultivos, por su propia naturaleza, no pueden generar beneficios hasta el segundo semestre del año, y que en ejercicios anteriores esa actividad fue la principal fuente de renta del causante.