3 marzo 2026
Nueva deducción aplicable en la Comunidad Valenciana
Se aprueba una nueva deducción vinculada al fomento y la formación musicales en este territorio.
3 La recurrente otorgó junto con otra persona, una escritura de partición y adjudicación de la herencia de la Sra. X, que había legado a la recurrente un piso con todos los muebles y enseres que se encuentran en su interior, un panteón, un nicho y una sepultura. La Administración emitió una liquidación provisional en un procedimiento iniciado mediante declaración, conforme a los datos declarados por la recurrente, calculándose el ajuar doméstico aplicando el 3% del valor del inmueble legado (LISD art.15). Tras presentar la actora escrito de alegaciones, se emitió la liquidación, recogiéndose en la motivación que se había practicado liquidación provisional incluyendo el ajuar doméstico calculado de acuerdo con el criterio establecido por el Tribunal Supremo (TS 10-3-20, EDJ 575499; 19-5-20, EDJ 559728) es decir, aplicando el 3% a aquellos bienes integrantes del caudal relicto susceptibles de un uso personal o particular por el causante, atribuyéndose al ajuar al bien inmueble legado, al disponer el testamento que se legaba el inmueble con todos los bienes que se encuentran en su interior. La recurrente alega que:
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3 marzo 2026
Se aprueba una nueva deducción vinculada al fomento y la formación musicales en este territorio.
27 enero 2026
Con efectos a partir del 28-1-2026, se declaran exentas del Impuesto las ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona) establecidas en la norma de referencia.
23 diciembre 2025
Se introducen modificaciones, entre las que destaca: en el IP, la relativa a los requisitos exigidos para aplicar la exención de bienes afectos a actividades económicas y de determinadas participaciones; en el ISGF, la actualización técnica en lo referente a las parejas de hecho.