Extensión de medidas de apoyo al sector agrario por la DANA
4 febrero 2025
Actualidad. 28 de enero a 3 de febrero de 2025
Extensión de medidas de apoyo al sector agrario por la DANA Con efectos a partir del 30-1-2025, las ayudas para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas por la DANA (RDL 7/2024 art.24) -cuyas rentas positivas no se integran en la base imponible del Impuesto (RDL 8/2024 disp.adic.16ª)-, se extienden a las producciones, parcelas, explotaciones agrarias y elementos afectos a las mismas de la provincia de Valencia que, habiendo sido gravemente afectados por la DANA, no se encuentren localizadas en los términos municipales afectados (los que se recogen en el RDL 6/2024 anexo y RDL 7/2024 anexo), siempre que se cumplan los requisitos establecidos para la concesión de estas ayudas y se justifique que los daños se deben a los efectos de la DANA y no a otras circunstancias. MTA nº 5157 RDL 1/2025 disp.adic.3ª y disp.final 9ª, BOE 29-1-25 NOTA La extensión de estas ayudas, en los mismos términos comentados, también se recogía en el RDL 9/2024 disp.adic.5ª, derogado desde el 23-1-2025 por Acuerdo de Derogación del Real Decreto Ley 9/2024, BOE 23-1-25EDL 2025/415.