1 enero 2026
Deducción por inversiones en películas cinematográficas y otras obras audiovisuales en el ISÂ
Se modifican las condiciones y requisitos para aplicar la deducción.
Actualidad: 7 a 13 de febrero de 2023
Conforme a las consideraciones del TEAC, la concurrencia de las circunstancias que determinan la extensión del plazo es ajena a los motivos del inspeccionado y su colaboración. La ley da por supuesto el retraso y con carácter automático, es decir, con independencia de la causa de la aportación tardía, la diligencia de la Inspección y el mayor o menor retraso generado. Aun cuando las circunstancias habilitantes concurran en más de una ocasión a lo largo del procedimiento, la extensión solo puede aplicarse una vez.
7 Finalizado un procedimiento de inspección, el contribuyente, disconforme, interpone reclamación. Entre las cuestiones objeto de debate, somete a consideración del TEAC la aplicación del supuesto de extensión en los casos de aportación tardía de documentación solicitada. Conforme a la norma, cuando durante el desarrollo del procedimiento inspector el obligado tributario manifieste que no tiene o no va a aportar la información o documentación solicitada o no la aporta íntegramente en el plazo concedido en el tercer requerimiento, su aportación posterior determina la extensión del plazo máximo de duración del procedimiento inspector por un período de tres meses, siempre que dicha aportación se produzca una vez transcurrido al menos nueve meses desde su inicio (LGT art.150.5). Según motiva la Inspección, en dos ocasiones se pone de manifiesto al obligado tributario la concurrencia de las circunstancias para extender el plazo por tres meses adicionales. En ambos supuestos, la documentación se requiere hasta en siete ocasiones y se aporta trascurridos más de nueve meses desde el inicio del procedimiento. Y se precisa que la falta de aportación de la documentación requerida dilata las actuaciones, impidiendo a la Inspección llevarlas a cabo correctamente. Se trata de documentación esencial que sirve para fundamentar los ajustes practicados. En todo caso, aunque se haya producido en dos ocasiones el presupuesto de la LGT art.150.5, a juicio de la Inspección solo puede producirse una única extensión de tres meses. La entidad matiza que:
Analizados los hechos y el contenido de la norma, el TEAC establece las siguientes consideraciones sobre la aplicación de este supuesto:
Por todo ello, el Tribunal considera válida la extensión del plazo practicado por la Inspección. TEAC 19-12-22 EDD 2022/42242
1 enero 2026
Se modifican las condiciones y requisitos para aplicar la deducción.
22 julio 2025
Con efectos desde el 15-7-2025, se aprueba la nueva Norma Técnica de Valoraciones en Aragón, aplicable a las comprobaciones de valor realizadas mediante los dictámenes de peritos de la Administración, relativos a los bienes de naturaleza urbana y rústica con construcciones, para estimar el valor de mercado de determinados inmuebles a efectos de liquidación del ITP y AJD e ISD. La presente Norma sustituye a la anteriormente vigente Aragón Resol 26-5-22EDL 2022/19013.
10 junio 2025
Los servicios de psicoterapia prestados por un terapeuta por videoconferencia no tienen la condición de servicios electrónicos; no se les puede calificar como asesoramiento, por lo que se entiende realizados en sede del prestador y, solo en caso de que tengan finalidad terapéutica, de diagnóstico y prevención o tratamiento de una enfermedad, estarían exentos.
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