Exención de determinadas ayudas concedidas por la Comunitat Valenciana (RF 52/25 23 de Diciembre de 2025 al 29 de Diciembre de 2025)

30 diciembre 2025

4  Tales ayudas que no se integran en la base imponible del Impuesto son:- las previstas en el D C.Valenciana 172/2024, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29-10-2024 en esta Comunidad Autónoma; y - las previstas en el D C.Valenciana 176/2024, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de esta Comunidad afectadas por la DANA.RDL 16/2025 art.20, BOE 24-12-25

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Siendo aplicable la deducción por inversión en vivienda habitual en el régimen transitorio, forman parte de la base de la deducción, con los límites establecidos en la normativa del Impuesto, las cantidades obtenidas por la venta de la vivienda habitual, en la que hasta entonces el contribuyente residía, que se destinen a la cancelación del préstamo hipotecario que gravaba dicha vivienda, cuando, además, se cumpla el requisito relativo a que el patrimonio del contribuyente se tiene que haber incrementado, como mínimo, en la base de la deducción.

13 enero 2026

Tipo aplicable a una entidad de nueva constitución

Aunque se realice la misma actividad que los socios, si no existe traspaso de actividad o una participación superior al 50%, es posible la aplicación del tipo del 15%.

18 noviembre 2025

Reparto de los dividendos entre socios de forma no proporcional a su participación

Si en los estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada no se recoge el acuerdo de reparto de los dividendos entre los socios de forma no proporcional a su participación en la entidad, cualquier cantidad adicional recibida por un socio más allá de la que le correspondería según su porcentaje de participación, realizada con ánimo de liberalidad, tiene la consideración de incremento patrimonial a título gratuito, que constituye uno de los hechos imponibles del ISD.

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