Exención de determinadas ayudas concedidas por la Comunidad Valenciana

28 abril 2026

Con efectos desde el día 29-10-2024, no se integran en la base imponible del IS las rentas positivas que se pongan como manifiesto por la percepción de determinadas ayudas concedidas por la Comunidad Valenciana como consecuencia de determinadas catástrofes naturales.

Actualidad. 28 de abril a 4 de mayo de 2026


Exención de determinadas ayudas concedidas por la Comunidad Valenciana
Con efectos desde el día 29-10-2024, no se integran en la base imponible del IS las rentas positivas que se pongan como manifiesto por la percepción de determinadas ayudas concedidas por la Comunidad Valenciana como consecuencia de determinadas catástrofes naturales.MF nº 3329 s.MIS nº 825 s.MCFC nº 345 s.
6 Tales ayudas que no se integran en la base imponible del Impuesto son:
  • las previstas en el D C.Valenciana 172/2024, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes dirigidas a facilitar el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las empresas que hayan sufrido daños por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29-10-2024 en esta Comunidad Autónoma;
  • las previstas en el D C.Valenciana 176/2024, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras autónomas de las zonas de esta Comunidad afectadas por la DANA acaecida entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024.
RDL 10/2026 art.1 y disp.final 4ª, BOE 29-4-26 NOTA Esta medida ya fue introducida mediante los RDL 16/2025 y RDL 2/2026, pero ambos fueron derogados.

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