Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas en Gipuzkoa

12 marzo 2024

Actualidad. 5 a 11 de marzo de 2024

Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas en Gipuzkoa
Se aprueba el modelo 238 declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas junto con los correspondientes diseños de registro a través de los cuales se normaliza la información a suministrar.

Se aprueba el modelo 238 declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas que se debe presentar, por primera vez, hasta el 28-5-2024, en relación al ejercicio 2023:

  • 1. Obligados a su presentación: los obligados a presentar el modelo son los delimitados en el DF Gipuzkoa 47/2013 art. 72 ter.2 párrafo 2º y 72 ter.3.
  • 2. Plazo de presentación: la presentación tiene carácter anual y se debe hacer entre el 1 y el 31 de enero del año natural siguiente a aquel en el que el «vendedor» haya sido identificado como «vendedor sujeto a comunicación de información».
  • 3. Condiciones y procedimiento para la presentación: por medios electrónicos. A tal efecto, se debe presentar un mensaje informático en que consiste la declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas.

Asimismo, la orden de cabecera regula las solicitudes de alta, modificación y baja en el registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información:

  • 1. Obligados a la presentación: los obligados a presentar la solicitud de alta, modificación o baja en el registro son los delimitados en el DF Gipuzkoa 47/2013 art.72 ter.3.
  • 2. Plazo de presentación:- de alta: debe presentarse cuando se inicie la actividad como «operador de plataforma»;
    - de modificación: debe presentase en el plazo de un mes desde que se hayan producido los hechos que determinan su presentación;
    - de baja: debe presentarse en el plazo de un mes desde que se deje de realizar cualquier tipo de actividad como «operador de plataforma» o no se cumpla las condiciones establecidas en el DF Gipuzkoa 47/2013 art.72 ter.3.
  • 3. Condiciones y procedimiento para la presentación: de forma obligatoria por vía electrónica a través de Internet desde la sección de escritos de la plataforma Zergabidea.OF Gipuzkoa 113/2024, BOTHG 8-3-24

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