Declaración del IP y del ISGF en Araba

10 marzo 2026

Actualidad. 10 a 16 de marzo de 2026

Declaración del IP y del ISGF en Araba

Se aprueban las modalidades y plazos para la presentación y pago de las declaraciones del IP y del ISGF para el ejercicio 2025. MFF nº 1934, 1962

Con efectos a partir del 17-3-2026, se aprueban las normas y modalidades para la presentación de las declaraciones del IP y del ISGF:

  • a) Modalidades de presentación. Las declaraciones del IP y el ISGF correspondientes al ejercicio 2025 pueden presentarse a través de internet. Estas declaraciones deben ser confeccionadas por los contribuyentes, las gestorías o asesorías acreditadas ante la Diputación Foral de Álava, utilizando el programa de ayuda y remitidas por la sede electrónica en www.araba.eus. A efectos de la remisión de estas declaraciones, es válido el medio de identificación y firma Bak y Bakq emitido por IZENPE, así como cualquier otro certificado digital válido en esa sede electrónica. La presentación de la declaración (cuando la declaración se realice en una gestoría o asesoría, que no actúe como representante voluntario del contribuyente) requiere el otorgamiento del subnivel Dos A) de presentación voluntaria (DF Araba 15/2010).
  • b) Plazo de presentación. El plazo de presentación para las declaraciones confeccionadas a través de particulares, gestorías o asesorías acreditadas es desde el 7-4-2026 hasta el 25-6-2026.
  • c) Pago. El importe resultante de las autoliquidaciones debe ingresarse en su totalidad hasta el 25-6-2026. La presentación de la declaración lleva consigo la domiciliación de las cuotas en las cuentas indicadas por los contribuyentes en sus declaraciones, en entidades de crédito que actúen como colaboradoras en la gestión recaudatoria (banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito) sita en territorio español, o en entidades de crédito no colaboradoras de la Zona Única de Pagos en Euros (zona SEPA), reconocidas por el Banco de España. No obstante, se puede optar por el ingreso mediante la pasarela de pagos o la carta de pago de la cuota. Sin embargo, a partir del 17-6-2026, no es posible la domiciliación de la cuota del IP; su ingreso debe efectuarse mediante la pasarela de pagos o la carta de pago. OF Araba 101/2026, BOTHA 16-3-26

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