Cumplimiento del SII por los contribuyentes sujetos a TicketBAI en Gipuzkoa

21 junio 2022

Actualidad. 14 a 20 de junio de 2022

Cumplimiento del SII por los contribuyentes sujetos a TicketBAI en Gipuzkoa Se regulan las especialidades en el cumplimiento del SII para contribuyentes sujetos a la obligación TicketBAI y otras formas especiales de envío de los ficheros TicketBAI en determinados supuestos excepcionales.

Con efectos a partir del 18-6-2022: a) Respecto a las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del IVA a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (OF Gipuzkoa 467/2017EDL 2017/228467):

  • 1. Se habilitan dos medios para realizar el envío de la información adicional, que son complementarios y que pueden ser empleados indistintamente:
    • por un lado, mediante la utilización del formulario web que a tal efecto se ponga a disposición del contribuyente en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa;
    • por otro, a través del envío del fichero osatu, según los requisitos del servicio osatu, el procedimiento y las especificaciones técnicas y funcionales que se regulan en esta orden foral.
  • 2. Se establece un régimen transitorio que establece que en tanto en cuanto la obligación TicketBAI no resulte exigible en función del calendario de implantación de esa obligación, y aun cuando el contribuyente haya optado por su cumplimiento voluntario con anterioridad a la citada exigibilidad, el cumplimiento de la obligación de llevar los libros registro a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa se debe realizar en su integridad.

b) Respecto a las especificaciones técnicas y funcionales del software TicketBAI y la declaración de alta en el Registro de Software TicketBAI (OF Gipuzkoa 521/2020EDL 2020/40942), se regula el lugar, forma y plazo en que debe realizarse el envío diferido del conjunto de ficheros TicketBAI en supuestos de falta de cobertura e imposibilidad de acceso a la red, y el envío especial de los ficheros TicketBAI cuando la obligación TicketBAI se cumpla por la persona o entidad destinataria de la operación.

OF Gipuzkoa 467/2017 art.9, disp.adic.2ª, anexo y anexo II redacc OF Gipuzkoa 330/2022EDL 2022/20878 art.1, BOTHG 17-6-22; OF Gipuzkoa 521/2020 art,1, 11 y 12 redacc OF Gipuzkoa 330/2022EDL 2022/20878 art.2, BOTHG 17-6-22; OF Gipuzkoa 330/2022EDL 2022/20878 disp.trans.única, BOTHG 17-6-22

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