17 febrero 2026
Novedades en el IAE como consecuencia de los últimos fenómenos meteorológicos
Como consecuencia de los daños causados recientemente por diversos fenómenos meteorológicos adversos, se concede una reducción en la cuota del IAE.
Acta de la junta general
En el acta de la junta general de la entidad X celebrada el 30-6-2006, se acordó el reparto a socios del beneficio extraordinario, debiendo ser la propia junta general la que acordara el posible calendario o años para las entregas de efectivo a socios. La referida distribución se debía realizar en función de las disponibilidades de tesorería. Pero la entidad X nunca llegó a fijar el calendario de pago, y la actora nunca llegó a percibir cantidad alguna en concepto de beneficios, a pesar de que en posteriores reuniones de la junta general (reuniones de 25-4-2007 o la de 29-4-2008) se acordó el pago a los socios del beneficio extraordinario, debiendo ser la propia junta la que acordase el posible calendario o años para las entregas de efectivo, haciendo depender la distribución del dividendo de las disponibilidades de tesorería de la sociedad.
En el presente caso, aunque el cobro del dividendo que constituye el crédito de la actora está condicionado a la existencia de un acuerdo de distribución de la junta, determinando la forma y modo de pago de los dividendos acordados a favor de los socios (LSC art.276), la entidad X reconoció la deuda frente a los socios, y ese reconocimiento produce el efecto material de quedar obligada a su cumplimiento por razón de la obligación cuya deuda ha sido reconocida. El crédito que ostenta la actora frente a la sociedad X existe, y es válido sin perjuicio de que su efectividad o realización se encuentre condicionado a un acuerdo societario. Y ya existía en el momento del devengo del impuesto. Su titularidad y su existencia no están sometidas a ninguna condición suspensiva. Se trata de un derecho de contenido económico que debe integrarse en el patrimonio neto de la actora, y por tanto su valor debe de incluirse en la base imponible del impuesto. En cuanto al valor del crédito, ha de coincidir con el reclamado por la propia actora ante la jurisdicción civil, el cual coincide a su vez con el reflejado en el acta de la junta general celebrada el día 29-4-2009.TSJ Galicia 20-9-21, EDJ 749331
17 febrero 2026
Como consecuencia de los daños causados recientemente por diversos fenómenos meteorológicos adversos, se concede una reducción en la cuota del IAE.
24 enero 2017
Existe obligación de practicar retención si el arrendamiento del camión no constituye el objeto de la actividad económica de la arrendadora, y ambas sociedades no forman parte de un grupo fiscal.
23 diciembre 2025
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025, que no hayan concluido el 26-12-2025, se amplía la posibilidad de amortizar libremente las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, de potencia normal o de alta potencia en los términos establecidos en la Directiva relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos (Dir 2014/94/UE art.2), que estén afectas a actividades económicas y que entren en funcionamiento en los períodos impositivos que se inicien en el año 2026.
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