Adaptación de los modelos de autoliquidación en Castilla-La Mancha

7 abril 2026

Con efectos desde el 9-4-2026, se adaptan los modelos 600, 610, 620 y 630 de autoliquidación del impuesto a los nuevos tipos de gravamen aprobados, así como a los nuevos requisitos establecidos para determinados tipos de gravamen, modificándose la Tabla número 1 del Anexo I de la Orden Castilla La-Mancha 16-4-2015, por la que se aprueban dichos modelos, en relación con los códigos y modelos impositivos. En consecuencia, queda sin efecto la Castilla-La Mancha Resol 31-1-22 EDL 2021/2347, en cuanto a la Tabla número 1 referida, para los hechos imponible devengados a partir del 31-3-2026.

Actualidad. 7 a 13 de abril de 2026Adaptación de los modelos de autoliquidación en Castilla-La ManchaCon efectos desde el 9-4-2026, se adaptan los modelos 600, 610, 620 y 630 de autoliquidación del impuesto a los nuevos tipos de gravamen aprobados, así como a los nuevos requisitos establecidos para determinados tipos de gravamen, modificándose la Tabla número 1 del Anexo I de la Orden Castilla La-Mancha 16-4-2015, por la que se aprueban dichos modelos, en relación con los códigos y modelos impositivos. En consecuencia, queda sin efecto la Castilla-La Mancha Resol 31-1-22 EDL 2021/2347, en cuanto a la Tabla número 1 referida, para los hechos imponible devengados a partir del 31-3-2026.MITP nº 18230



8Orden Castilla-La Mancha 16-4-2015 Anexo I redacc Castilla-La Mancha Resol 30-3-26EDL 2026/5405, DOCLM 8-4-26

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email