17 marzo 2026
Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga
Se prorroga al ejercicio 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
3Una entidad dedicada a actividades de hostelería va a firmar un contrato de exclusividad por tres años con una empresa distribuidora de bebidas. Como contraprestación, en el momento de la firma del contrato recibirá una cuantía junto con el IVA. Desea conocer cuál es la tributación, y en especial, la imputación de la cantidad percibida. Dado que la normativa del IS no contiene ninguna regla específica, resulta aplicable la regulación contable. Por dicho motivo, la DGT solicitó opinión al ICAC, que considera que la operación puede identificarse con un descuento o rappel concedido por anticipado por el proveedor, por las unidades que el cliente comprará durante un período de tiempo (ICAC Informe 18-2-20). Por tanto, su imputación a resultados del ejercicio se realiza a medida que se devengan los rappels por cumplir los requisitos estipulados en el contrato, de acuerdo con el principio de correlación de ingresos y gastos, con independencia del momento en el que se produzca la corriente monetaria o financiera (ICAC consulta núm 2, BOICAC núm 53EDD 2002/120924). Este criterio se considera que sigue siendo válido con el vigente PGC, siempre que a la vista del acuerdo suscrito con el proveedor se concluya que, en caso de incumplimiento, la empresa debe entregar o ceder recursos que incorporen beneficios o rendimientos económicos futuros (ICAC consulta núm 5, BOICAC núm 91EDD 2012/257676). DGT CV 23-8-21V2387-21
17 marzo 2026
Se prorroga al ejercicio 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
27 enero 2026
En el supuesto de solicitud extemporánea de la prórroga del plazo de presentación, se produce una inadmisión a trámite de la misma. Ello implica que la presentación de la solicitud no tiene ningún efecto, y el inicio del cómputo del plazo de prescripción de la potestad de la Administración tributaria de liquidar el Impuesto se mantiene en el día en que finalice el plazo de presentación. Por otra parte, las solicitudes de prórroga retrasan el inicio del cómputo del plazo de prescripción, pero no pueden ser consideradas como causas interruptivas del plazo de prescripción del ejercicio de la potestad de liquidar el ISD.
30 diciembre 2025
Con efectos desde 1-1-2025, se amplía el ámbito temporal de aplicación de estas deducciones.
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