17 marzo 2026
Modificaciones en los tipos impositivos del impuesto sobre hidrocarburos
Se modifican de forma temporal los tipos impositivos a aplicar sobre determinados combustibles.
21Se establece un aplazamiento-fraccionamiento excepcional de deudas tributarias, sin prestación de garantía ni devengo de intereses de demora, resultantes de autoliquidaciones de periodicidad mensual o trimestral cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice entre el 20-4-2026 y el 20-7-2026. No se consideran incluidas las deudas cuyo plazo de presentación e ingreso en período voluntario finalice con posterioridad al 20-7-2026, aun cuando la autoliquidación se hubiera presentado con anterioridad a esa fecha.Puede solicitarse por:- personas físicas contribuyentes del IRPF que desarrollen actividades económicas, siempre que estas constituyan su principal fuente de renta, así como las que obtengan rendimientos del capital inmobiliario derivados del arrendamiento de inmuebles sujetos y no exentos del IVA;- las entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, siempre que todas sus socias, herederas, comuneras o partícipes sean personas físicas y la entidad cumpla los requisitos para tener la condición de microempresa o de pequeña empresa;- las microempresas y pequeñas empresas.Se excluyen de este aplazamiento-fraccionamiento excepcional las deudas tributarias derivadas de la presentación de las declaraciones o autoliquidaciones por parte de los contribuyentes correspondientes al IRPF, al IP, al ISGF, al IS y al IRNR con establecimiento permanente.Igualmente se excluyen las deudas que tengan la consideración de créditos contra la masa según la legislación concursal.La solicitud debe realizarse en el momento de presentar la autoliquidación, a través de los medios electrónicos habilitados por la Administración Tributaria.La deuda se va a fraccionar en 4 cuotas mensuales iguales, tras un periodo de carencia equivalente a 2 meses. La primera cuota vence el día 10 del mes siguiente a aquel en que finalice el período de aplazamiento.DNUF Araba 2/2026EDL 2026/6125 art.1, BOTHB 20-4-26
17 marzo 2026
Se modifican de forma temporal los tipos impositivos a aplicar sobre determinados combustibles.
4 abril 2023
El Pleno del Tribunal Constitucional declara la constitucionalidad de la modificación mediante Real Decreto Ley (RDL 26/2021) de la LHL para adaptarla a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional relativa al IIVTNU.
15 abril 2025
Se establece una regla especial en relación con las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 a efectos de determinar si se está incurso en la causa de disolución obligatoria.
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