Determinación del tipo de gravamen en el IS a una entidad de nueva constitución
1 enero 2026
Actualidad Contable. Enero 2026
Determinación del tipo de gravamen en el IS a una entidad de nueva constitución
Aunque la nueva entidad realice la misma actividad que los socios, si no existe traspaso de actividad o una participación individual superior al 50%, es posible la aplicación del tipo del 15%. MC nº 3217 MCFC nº 7911 s.
4Dos hermanos participan en una entidad con un porcentaje inferior al 15% y realizan una actividad de comercio al por mayor de productos lácteos, actividad en la que también estuvo dada de alta la entidad A. Plantean constituir una nueva entidad junto con una tercera persona física para retomar la misma actividad, con una participación del 45% para cada hermano, y desean saber si podría aplicar el tipo reducido previsto para entidades de nueva constitución.
La normativa del IS prevé un tipo del 15% para entidades de nueva creación en el primer período impositivo con base imponible positiva y en el siguiente, pero lo excluye si la actividad se venía realizando por personas o entidades vinculadas y se transmite jurídicamente a la nueva entidad, o si una persona física que ejercía la actividad el año anterior ostenta más del 50% de participación en la nueva entidad. También quedan fuera las entidades que formen parte de un grupo mercantil y las patrimoniales.
En el caso planteado, aunque exista vinculación por la participación de los hermanos en la nueva entidad, no hay transmisión de la actividad por título jurídico, por lo que no opera la primera exclusión. Además, ninguno de los socios superará individualmente el 50% de participación, por lo que tampoco se aplica la segunda exclusión. Por otro lado, no existe grupo mercantil, al no haber control efectivo de una entidad sobre la otra. Por eso, la nueva entidad podría aplicar el tipo reducido para entidades de nueva constitución, salvo que tenga la consideración de entidad patrimonial.DGT CV 15-9-25V1627-25
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