Devolución duplicada de arras penitenciales por la conducta pasiva e incumplidora del vendedor

1 abril 2026

Actualidad Civil. Abril 2026

Devolución duplicada de arras penitenciales por la conducta pasiva e incumplidora del vendedor

La falta de cumplimiento manifiesta y la conducta pasiva del vendedor pueden ser consideradas como un desistimiento tácito, habilitando al comprador a exigir la devolución duplicada de las arras penitenciales, sin necesidad de una declaración expresa de desistimiento.

MCOC nº 3491 s.

El Tribunal resuelve sobre si el comprador tiene derecho a la devolución duplicada de las arras penitenciales cuando el vendedor incumple el contrato sin manifestar expresamente su desistimiento o si, por el contrario, solo procede la devolución simple.

Un comprador entregó una cantidad como arras penitenciales para la compra de un inmueble, pero el vendedor incumplió sus obligaciones contractuales al no realizar los trámites necesarios para formalizar la escritura pública, lo que llevó al comprador a reclamar la devolución duplicada de las arras.

El Tribunal Supremo considera que el comprador tiene derecho a la devolución duplicada de las arras penitenciales cuando el vendedor, aunque no manifieste expresamente su desistimiento, adopta una conducta inequívoca que revela su voluntad de apartarse del contrato; por tanto, procede aplicar el CC art.1454 y se fija doctrina en este sentido.

La Sala sostiene que la conducta pasiva o incumplidora del vendedor que evidencia su intención de no cumplir el contrato equivale a un desistimiento, por lo que el comprador que resuelve el contrato por incumplimiento tiene derecho a recibir las arras duplicadas conforme al CC art.1454, en línea con la jurisprudencia consolidada que no exige una declaración expresa de desistimiento para aplicar dicha norma.TS 9-2-26, EDJ 514322

También puede interesarte

1 julio 2026

Renuncia abdicativa y renuncia traslativa en la adjudicación de herencia

La Dirección General destaca la claridad jurisprudencial y administrativa sobre la distinción esencial entre renuncia abdicativa y traslativa, especialmente en el ámbito del derecho hereditario y registral, así como su impacto en la transmisión de derechos hereditarios y obligaciones fiscales. La calificación registral es independiente y autónoma respecto a calificaciones anteriores, garantizando la seguridad jurídica y la correcta interpretación de la voluntad del renunciante según el carácter de la renuncia.

1 julio 2026

Inaplicabilidad de la liquidación de gananciales a la liquidación de comunidad de bienes entre parejas de hecho

El Tribunal confirma la exclusión del régimen económico matrimonial de gananciales en la liquidación patrimonial de parejas de hecho, reafirma la aplicación del principio nominalista en créditos dentro de la comunidad de bienes no matrimonial y clarifica que las resoluciones dictadas en fase de ejecución deben adoptar la forma de auto, no de sentencia, imposibilitando el recurso de casación contra las mismas según la ley procesal vigente.

20 diciembre 2022

Retribución variable acordada en el precontrato, pero que no se recoge en el contrato de trabajo (RS 50/22 13 de Diciembre de 2022 al 19 de Diciembre de 2022)

No cabe exigir el abono de una retribución variable firmada en el precontrato, si posteriormente en el contrato de trabajo no se recoge este pacto, ni de la redacción del mismo ni de los actos coetáneos y posteriores al contrato se puede deducir que la intención fuera mantener el acuerdo de abonarla.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email