1 enero 2026
Navarra: Traspaso de funciones en materia de tráfico y seguridad vial
La DG Tráfico ha establecido directrices, con carácter transitorio, hasta la culminación del proceso de transferencia competencial.
11. Se plantea si procede la reclamación de responsabilidad patrimonial frente al Ayuntamiento de Moralzarzal, derivada del accidente ocasionado por la instalación de un badén carente de la señalización preceptiva.
Una persona sufrió un accidente al caer de un patinete eléctrico debido a un badén recientemente instalado en una vía pública por el Ayuntamiento de Moralzarzal, que carecía de señalización y estaba en una zona con baja iluminación. Ello causó lesiones y secuelas que motivaron una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento y la empresa instaladora.
El Tribunal considera responsable al Ayuntamiento de Moralzarzal y que la acción de reclamación no estaba prescrita, por lo que confirma la indemnización. No considera responsable, por otra parte, a la empresa instaladora. La sentencia no produce cambio ni fijación de doctrina, sino confirmación de la jurisprudencia aplicable.
La prescripción debe interpretarse restrictivamente, comenzando a contarse el plazo desde la consolidación definitiva del daño, que en este caso fue posterior al alta hospitalaria. Además, la falta de señalización del badén y la escasa iluminación constituyen una anomalía en el servicio público que genera responsabilidad patrimonial conforme a la L 39/2015 art.67.1 y L 30/1992 art.145.2.TSJ Madrid 15-1-26, EDJ 505362
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1 enero 2026
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1 enero 2026
Se configura un marco autonómico de calidad normativa orientado a controlar la producción normativa, reducir cargas administrativas, mejorar la claridad y accesibilidad de las normas, aumentar la transparencia y permitir fórmulas controladas de innovación regulatoria.
1 agosto 2026
En casos de responsabilidad patrimonial por daños sufridos en vías públicas, no se atribuye responsabilidad a la Administración cuando el daño es consecuencia de un desperfecto visible y conocido en la vía, y el usuario no extremó la precaución debida, rompiéndose así el nexo causal entre la actuación administrativa y el daño sufrido.
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