Caligrafía de la persona: dato biométrico

1 abril 2026

Actualidad Administrativo. Abril 2026

Caligrafía de la persona: dato biométrico
El estilo de la escritura identifica de forma única a una persona, por lo que requiere una máxima protección legal para evitar su mal uso o el robo de identidad.

MPDA nº 1131, 6233.
MPDAAD nº 450, 6431.

20Una persona participó en varios procesos selectivos de la Diputación de Pontevedra, siendo declarado no apto en el primer ejercicio. Tras ello, solicitó acceso a documentación relativa a ejercicios de procesos selectivos, incluyendo los dos segundos ejercicios de redacción de tema y los dos ejercicios de supuestos prácticos con las mejores notas, con la finalidad de mejorar su preparación para futuros procesos. La Diputación concedió parcialmente el acceso, pero le denegó en relación con los ejercicios mencionados por razones de protección de datos personales y posible identificación de los autores.
El recurrente interpuso recurso contencioso-administrativo que fue estimado en primera instancia, argumentando que el derecho de acceso no debe limitarse a procesos de impugnación y que la publicidad y transparencia son principios esenciales en procesos selectivos. Sin embargo, la Diputación apeló negando el acceso a ciertos ejercicios alegando protección de datos personales, falta de interés legítimo y directo del recurrente, quien fue declarado no apto en el primer ejercicio. Sostuvo que la finalidad de preparación individual no justifica la vulneración de derechos de terceros, ya que el derecho a la información no es un derecho ilimitado o absoluto y debe ser justificado y proporcionado.
En el contexto del caso, el recurrente no tiene un interés legítimo y directo para acceder a los ejercicios de redacción y supuestos prácticos de otros aspirantes, dado que fue declarado no apto en el primer ejercicio y no impugna el proceso selectivo. Además, la documentación solicitada contiene datos personales sensibles que podrían identificar a los autores, lo que justifica la limitación del acceso para proteger la intimidad y la privacidad.

Los datos personales son un bien preciado que debe ser protegido y preservado. La caligrafía también es un dato biométrico que, como tal, debe protegerse. Si fuera posible ejercer el acceso a los documentos, sería sencillo identificar a los autores de los exámenes correspondientes, de forma que la anonimización de los documentos no tendría ningún efecto real. Y la caligrafía es un dato personal, un dato biométrico sensible, que debe protegerse.

Esta valoración deja sin justificar la petición del aspirante y lleva al tribunal a estimar las pretensiones de protección de la Diputación de Pontevedra.TSJ Galicia 21-1-26, EDJ 513641

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