Presentación de recursos de amparo Se regula la presentación de recursos de amparo a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional. MPCA nº 7588 Los recursos de amparo se han de presentar a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional, mediante la cumplimentación telemática de un modelo normalizado, con una extensión máxima de 50.000 caracteres con espacios, que será elaborado por la Secretaría General, fijando la extensión máxima de los diferentes campos. En circunstancias excepcionales, el demandante puede solicitar motivadamente al Tribunal autorización para superar la anterior extensión. En todo caso, si el recurso de amparo es admitido a trámite, se abre un trámite de alegaciones para todas las partes, en el que el demandante puede presentar escrito de alegaciones sin límite de extensión.
Al escrito de demanda se debe acompañar, en su caso, la siguiente documentación: - apoderamiento al procurador; - resoluciones impugnadas; - acreditación de que la vulneración se denunció en el proceso tan pronto como hubo oportunidad; - acreditación de que se ha agotado la vía judicial previa; - acreditación de que se ha respetado el plazo de interposición del recurso; - otros documentos que el demandante estime convenientes.
Cada archivo digital que acompañe a la demanda debe contener un solo documento, en formato editable y cuya denominación permita identificar su contenido.TCo Acuerdo 10-6-2026EDL 2026/9461, BOE 12-6-26
Memento Procesal Contencioso-Administrativo 2026
Conocerás la información relativa a todos los procesos de esta jurisdicción, además de los procesos constitucionales, internacionales, etc. y de forma detallada práctica y clarificadora las diferentes fases de cada procedimiento y las posibles actuaciones de las partes en ellas.