Determinación de la cuantía en el recurso de apelación

1 septiembre 2026

Actualidad administrativa. Septiembre de 2026

Determinación de la cuantía en el recurso de apelación

En los recursos en los que se ejercite la pretensión anulatoria de un acto sancionador que, además de la sanción, imponga al infractor la obligación de reparar el daño, la determinación de la cuantía para acceder a la apelación no debe basarse únicamente en el importe de la sanción. Cuando la sanción y la obligación se encuentren en una relación de accesoriedad que impida su desagregación procesal, la cuantía del recurso será la resultante de la suma de ambas, con independencia de cuál de ellas sea superior.
MADM n.º 12021 7
Se establece doctrina sobre la fijación de la cuantía del proceso a efectos de apelación y sobre si esta debe determinarse únicamente por el importe de la sanción o por la suma de la sanción y de la indemnización reparatoria vinculada. El Tribunal Supremo declara que la determinación de la cuantía para acceder a la apelación no debe basarse únicamente en el importe de la sanción. Cuando la sanción —multa— y la obligación se encuentren en una relación de accesoriedad que impida su desagregación procesal, la cuantía del recurso será la resultante de la suma de ambas magnitudes, con independencia de cuál de ellas sea superior.
A efectos del acceso a la apelación, la suma de la multa y de la indemnización reparatoria evita una desagregación que distorsione el acceso al recurso.
TS 27-7-26, EDJ 685145

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