Contratos reservados

1 abril 2026

Actualidad Administrativo. Abril 2026

Contratos reservados
Se modifican algunos aspectos de la regulación de los contratos reservados.
MCPU nº 1453

9 Se incrementa el porcentaje mínimo de reserva de estos contratos, que pasa a ser del 15% desde el 10-4-2026. También se establece que en estos contratos el pliego debe prever que, en el caso de no haberse presentado ninguna oferta admisible, el órgano de contratación, tras declarar el contrato desierto, publicará un nuevo anuncio de licitación y se abrirá un nuevo plazo de presentación de ofertas de igual duración al inicial, en el que no será exigible para participar tener la condición de centro especial de empleo de iniciativa social o empresa de inserción. Cuando el pliego incluya varios lotes, el nuevo anuncio de licitación que se publique debe precisar los lotes reservados a los que afectará el nuevo plazo de presentación de ofertas por no haberse presentado ninguna oferta adecuada. El órgano de contratación puede adjudicar los restantes lotes en los términos establecidos en la LCSP art.99.7.LCSP disp.adic.4ª redacc L 1/2026 disp.final 2ª, BOE 9-4-26

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