Depósito de cuentas: rectificación de la fecha del asiento de presentación

1 agosto 2026

Actualidad Sociedades Mercantiles. Agosto 2026

Depósito de cuentas: rectificación de la fecha del asiento de presentación
Una vez practicado el depósito de las cuentas anuales, no puede utilizarse el recurso contra la calificación registral para modificar el asiento de presentación bajo cuya vigencia se realizó el depósito. La rectificación de la fecha o del asiento al que se vincula el depósito debe realizarse por los procedimientos previstos para la rectificación de errores registrales.
MSM nº 10865.4

10La resolución se dicta en un supuesto en el que las cuentas anuales consolidadas se presentan inicialmente dentro de plazo y son objeto de sucesivas subsanaciones vinculadas al asiento de presentación original. En una presentación posterior, realizada fuera de plazo, no se marca la casilla de «subsanación», generándose un nuevo asiento de presentación, bajo cuya vigencia se practica finalmente el depósito. La sociedad pretende que este se vincule al asiento inicial para que las cuentas consten presentadas dentro de plazo.
La DGSJFP desestima el recurso. Los asientos del Registro Mercantil se presumen exactos y válidos y, una vez practicados, quedan bajo la salvaguardia de los tribunales (CCom art.20; RRM art.7). Por ello, el recurso contra la calificación registral no constituye el cauce adecuado para determinar si un depósito ya practicado debió realizarse bajo uno u otro asiento de presentación.
La rectificación debe realizarse conforme al régimen de corrección de errores registrales establecido en la legislación hipotecaria, aplicable al Registro Mercantil (RRM art.40.2; LH art.40.c y 211 s.). Si se trata de un error de concepto que no resulte claramente del propio asiento, se requiere el acuerdo de los interesados y del registrador o, en su defecto, resolución judicial que ordene la rectificación (LH art.216 y 217).
Por tanto, la alegación de que el nuevo asiento se generó por error al no marcarse la casilla de «subsanación» no permite modificar mediante recurso la fecha bajo la que consta efectuado el depósito.DGSJFP Resol 4-5-26EDD 2026/665121, BOE 7-8-26

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