28 junio 2022
Convenios colectivos publicados en el BOE desde el día 21-6-22 hasta el día 27-6-22 (RS 25/22 21 de Junio de 2022 al 27 de Junio de 2022)
Convenios colectivos
Entiende la DGSJFP que la naturaleza participativa de un préstamo no impide su consideración como crédito refaccionario si su objeto es la financiación de obras sobre inmuebles.MCM nº 4557
23La Resolución tiene por objeto el recurso interpuesto por una sociedad mercantil contra la calificación negativa, emitida por el registrador de la Propiedad, respecto de la extensión de una anotación preventiva de un crédito refaccionario relativa a varias fincas registrales.
Los hechos relevantes del expediente parten de la presentación, de una instancia legitimada notarialmente acompañada del contrato de préstamo participativo. Asimismo, se presentaba una escritura en la que la entidad prestamista renunciaba a la preferencia de cobro que le conferían los art.61 y 64 de la Ley HipotecariaLH frente a otras cargas registrales sobre las fincas objeto de la solicitud. El préstamo tenía la finalidad de financiar un proyecto inmobiliario promovido por la prestataria, consistente en la construcción de 19 viviendas en fincas correlativas.
El registrador deniega la anotación solicitada, fundamentando su calificación en tres defectos:
La sociedad mercantil interpuso recurso gubernativo limitando la impugnación a las dos primeras cuestiones: el establecimiento del crédito como refaccionario a pesar de su naturaleza participativa y la extensión temporal de las obras.
Respecto a la primera cuestión, el recurrente defendía que el crédito debía ser considerado refaccionario atendiendo a su objeto, es decir, la financiación directa de la construcción de las viviendas, con independencia de su naturaleza participativa y de la subordinación prevista en el contrato a efectos de prelación concursal. Argumentaba que la ley hipotecaria no distingue ni excluye los préstamos participativos como base para la anotación de crédito refaccionario, y que, aunque la prelación de créditos participativos sea relevante en casos concursales, en el ámbito ordinario ni la garantía ni la anotación preventiva ven afectada su validez.
En cuanto a la segunda cuestión, el recurrente sostenía que la finalización parcial de las obras sobre algunas fincas no debe impedir la anotación preventiva sobre el resto, siempre que globalmente las obras financiadas no hayan concluido.
El análisis de la DGSJFP distingue también dos cuestiones a resolver:
Finalmente, la resolución concluye desestimando el recurso respecto al primero de los defectos (fin de obras), pero estimándolo en cuanto al segundo (naturaleza refaccionaria de los préstamos participativos), anulando en esta parte la calificación registral negativa.DGSJFP Resol 24-7-25EDD 2025/14533
Disfrutarás de un estudio riguroso y actualizado tanto de las figuras contractuales tradicionales como las de reciente aparición y las derivadas de la última tecnología ayudándote a tener una idea clara y precisa de las consecuencias que pueden derivarse en cada caso concreto.
Precio
100 €
28 junio 2022
Convenios colectivos
15 marzo 2022
Se flexibiliza para 2022 la regulación de la deducción por participación en la financiación de proyectos de I+D e IT desarrollados por microempresas o pequeñas empresas.
1 octubre 2025
Ante una causa de disolución, el administrador demandado únicamente responde de las deudas posteriores. A tal efecto, hay que estar a la fecha de nacimiento de la deuda (en este caso, fecha de las facturas), siendo indiferente la fecha de vencimiento de los pagarés librados para su pago. En todo caso, la falta de depósito de las cuentas no acredita per se que la sociedad se encontrase en causa de disolución por pérdidas, si no va acompañada de otros indicios.
Recibe los posts más recientes en tu email