1 enero 2026
Acoso laboral puntual
No constituye acoso laboral ni vulneración de derechos fundamentales una única actuación negativa puntual por parte de un superior jerárquico que afecta a la retribución y al aislamiento profesional del trabajador, salvo que concurra un plus de intensidad cualitativa o reiteración en el tiempo que justifique la calificación de acoso.