Modificación de los modelos y ampliación del plazo para que las mutuas acrediten la insuficiencia financiera

19 julio 2022

Actualidad. 12 a 18 de julio de 2022

Modificación de los modelos y ampliación del plazo para que las mutuas acrediten la insuficiencia financiera
Se modifican los modelos y se amplía el plazo para que las mutuas acrediten la insuficiencia financiera y las circunstancias estructurales para la aplicación, en 2021, de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores de las empresas asociadas.

Los coeficientes del 0,051; 0,055 y 0,06, relativos a los trabajadores y empresas del RGSS se han de entender de aplicación a las cuotas devengadas de enero a agosto de 2021. Para el mismo colectivo y de septiembre a diciembre de 2021, las referencias realizadas a los coeficientes del 0,051; 0,055 y 0,06 se deben entender realizadas para los coeficientes del 0,06; 0,07 y 0,075, respectivamente (DGOSS Resol 3-8-21EDL 2021/28932). Asimismo, los diferenciales de los coeficientes del 0,004 (0,055-0,051) y del 0,09 (0,06-0,051), se refieren a las cuotas íntegras de enero a agosto de 2021 y los diferenciales de los nuevos coeficientes 0,01 (0,07-0,06) y 0,015 (0,075-0,06) a septiembre a diciembre de 2021 (DGOSS Resol 3-8-21EDL 2021/28932 apdo.primero.6). Se modifican los modelos (1 a 7) que sustituyen a los anteriores y que se han de cumplimentar y presentar por las mutuas con el fin de resolver la concurrencia de los requisitos de insuficiencia financiera y su origen estructural y proceder a la regularización del importe autorizado (DGOSS Resol 3-8-21EDL 2021/28932 anexo). Antes del 10-9-2022, las mutuas deben presentar en la DGOSS, la documentación justificativa de los requisitos de insuficiencia financiera y causas estructurales basado en las cuentas rendidas correspondientes al ejercicio 2021. Las mutuas que no formulen solicitud antes del 1-10-2021 y observen según las cuentas rendidas del ejercicio 2021, que concurren los requisitos establecidos en la DGOSS Resol 3-8-21EDL 2021/28932, pueden solicitar a la DGOSS los suplementos financieros antes del día 10-9-2022. La solicitud debe ir acompañada de la documentación justificativa de los requisitos de insuficiencia financiera y su origen estructural. DGOSS Resol 4-7-22 primero, segundo y tercero, BOE 18-7-22 DGOSS Resol 3-8-21 apdo.cuarto y quinto redacc DGOSS Resol 4-7-22EDL 2022/24929, BOE 18-7-22

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