Intereses sobre reclamaciones de deuda por prestaciones y recargos

21 junio 2022

Actualidad. 14 a 20 de junio de 2022

Intereses sobre reclamaciones de deuda por prestaciones y recargos
Se modifica la fecha límite del devengo de los intereses sobre la capitalización de las reclamaciones de deuda a los responsables, tanto de las prestaciones como de sus recargos por falta de medidas de seguridad, a la de emisión de la reclamación de deuda por la TGSS.
A partir del 16-6-2022, tanto en las reclamaciones de deuda emitidas por la TGSS a las mutuas y los empresarios declarados responsables de prestaciones como en las del capital coste por el recargo de prestaciones económicas debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, los intereses de la capitalización se devengan desde la fecha de efectos económicos de la prestación hasta la fecha de emisión de la reclamación. Lo que evita hacer depender la deuda de otros factores como el momento de la recepción de la notificación o el del pago, como hasta entonces.RD 1415/2004 art.70.1 y 75.3 redacc RD 453/2022 disp.final 6ª, BOE 15-6-22

También puede interesarte

4 noviembre 2025

Aplicación al deportista de la indemnización por finalización de contrato temporal y absorción del premio de antigüedad (RS 44/25 28 de Octubre de 2025 al 03 de Noviembre de 2025)

La indemnización por finalización de contrato temporal prevista en el ET se aplica supletoriamente a la relación laboral especial de los deportistas profesionales, salvo cuando la extinción contractual es imputable de manera exclusiva a la voluntad del deportista o a la voluntad conjunta de ambas partes. Además, el premio de antigüedad o de permanencia pactado en convenio colectivo debe abonarse íntegramente al cumplirse las temporadas requeridas, no pudiendo ser absorbido o compensado, vía cláusula contractual, con el salario global percibido por encima del mínimo de convenio.

11 noviembre 2025

Cuantía litigiosa a efectos de admisión del recurso de suplicación

El acceso al recurso de suplicación procede cuando la suma de las pretensiones acumuladas supera los 3.000 euros, aun cuando la cuantía anual del derecho reclamado sea inferior. Además, si en el mismo proceso se acumulan varias acciones y solo alguna de ellas es recurrible en suplicación por superar el umbral legal, el recurso de suplicación es procedente igualmente.

30 enero 2024

Registro de las pausas para acudir al aseo

El tiempo empleado para hacer uso del cuarto de baño y atender necesidades fisiológicas se considera tiempo efectivo de trabajo. Exigir la recuperación o compensación del mismo constituye una medida que no puede establecerse por decisión unilateral de la empresa.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email