Intereses sobre reclamaciones de deuda por prestaciones y recargos

21 junio 2022

Actualidad. 14 a 20 de junio de 2022

Intereses sobre reclamaciones de deuda por prestaciones y recargos
Se modifica la fecha límite del devengo de los intereses sobre la capitalización de las reclamaciones de deuda a los responsables, tanto de las prestaciones como de sus recargos por falta de medidas de seguridad, a la de emisión de la reclamación de deuda por la TGSS.
A partir del 16-6-2022, tanto en las reclamaciones de deuda emitidas por la TGSS a las mutuas y los empresarios declarados responsables de prestaciones como en las del capital coste por el recargo de prestaciones económicas debidas a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, los intereses de la capitalización se devengan desde la fecha de efectos económicos de la prestación hasta la fecha de emisión de la reclamación. Lo que evita hacer depender la deuda de otros factores como el momento de la recepción de la notificación o el del pago, como hasta entonces.RD 1415/2004 art.70.1 y 75.3 redacc RD 453/2022 disp.final 6ª, BOE 15-6-22

También puede interesarte

6 enero 2026

Consecuencias del fallecimiento de la persona en situación de dependencia antes de la aprobación del PIA

Cuando una persona en situación de dependencia fallece antes de aprobarse el Programa Individual de Atención (PIA), sus causahabientes pueden exigir que se concluya el procedimiento y se concrete la prestación reconocida. Tienen derecho a reclamar el reintegro de los gastos de asistencia personal que hayan asumido, hasta el importe máximo de la prestación que habría correspondido, aplicándose con carácter retroactivo desde la fecha de reconocimiento del grado de dependencia.

29 agosto 2023

Consecuencias jurídicas de la inadecuación del procedimiento

En caso de inadecuación de la modalidad procesal elegida o tramitada se debe hacer uso de la facultad judicial de reconducción del procedimiento, dando al asunto la tramitación del procedimiento adecuado, completando, los trámites que fueren procedentes según la modalidad procesal adecuada. En efecto, salvo supuestos excepcionales no es posible dejar imprejuzgada la cuestión de fondo, siendo un remedio subsidiario y excepcionalísimo la desestimación de una demanda por inadecuación de procedimiento.

30 noviembre 2021

Solicitud de reconocimiento de discapacidad por Lupus

Se reconoce como enfermedad causante de discapacidad el Lupus eritematoso sistémico, al considerarse que las personas que lo sufren se encuentran en una situación injusta, ya que esta dolencia incide de manera importante en la capacidad de quien la padece, y más si cabe si se tiene en cuenta que la sufren mayoritariamente las mujeres.

Suscríbete ahora

Recibe novedades de artículos que se publican en el blog