13 octubre 2026
Requisitos para la reclamación al Estado de los salarios de tramitación
La reclamación al Estado de los salarios de tramitación exige, además de la firmeza de la resolución y del transcurso de más de 90 días hábiles desde la presentación de la demanda hasta la sentencia que por primera vez declara la improcedencia del despido, el pago efectivo, pero no que se hubiera efectuado la opción por la readmisión o que esta se hubiera efectivamente producido. El día inicial para el cómputo del plazo se sitúa en el momento en que se realiza el pago o la puesta a disposición, no desde la consignación.