31 marzo 2026
Coeficientes aplicables a las empresas excluidas de alguna contingencia
Coeficientes reductores que han de aplicarse durante 2026 a las cuotas devengadas por las empresas excluidas de alguna contingencia.
4 Tras un largo proceso, la AN desestimó la demanda de conflicto colectivo interpuesta por cuatro asociaciones de jueces que representan al 50% del colectivo contra el CGPJ, sobre los criterios a aplicar para determinar la carga de trabajo de los jueces y magistrados. La sentencia se recurre en casación, a fin de que se declare que el CGPJ ha incumplido su obligación de regular esa carga de trabajo y que la metodología y el procedimiento empleado hasta entonces (carga de entrada) es inadecuado como criterio para su fijación.
El TS estima parcialmente el recurso. Declara que el CGPJ ha incumplido su obligación, establecida en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales Carrera Judicial (2015-2016), de regular la carga de trabajo de la carrera judicial a efectos de salud laboral y le condena a regularla. Ahora bien, desestima la pretensión de los criterios y el plazo solicitados, al no decir el Plan nada al respecto.TS 22-9-23, EDJ 702143
31 marzo 2026
Coeficientes reductores que han de aplicarse durante 2026 a las cuotas devengadas por las empresas excluidas de alguna contingencia.
31 marzo 2026
La Orden de cotización para 2026 recoge, sin cambios, los tipos de cotización por desempleo aplicables a los socios trabajadores de CTA integrados en un régimen de trabajadores por cuenta ajena. Además, establece las bases mínimas de cotización aplicables en 2026 en supuestos de contratos a tiempo parcial.
17 febrero 2026
Es válida la cláusula de un contrato de seguro que condiciona la cobertura a que el asegurado se encuentre en activo en la empresa en el momento de la declaración de IP, aun cuando esta deriva de un accidente ocurrido con anterioridad al cese. Esta cláusula no tiene carácter limitativo de derechos; se trata de una cláusula delimitadora del riesgo cubierto, por lo que no requiere aceptación expresa. Además, las normas de la Seguridad Social solo resultan aplicables para interpretar el contrato en casos de cláusulas oscuras, imprecisas o dudosas, pero no cuando las condiciones del seguro son claras y conocidas por las partes.
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