Abstención y recusación de los letrados de la administración de justicia (antiguos secretarios judiciales)

28 julio 2015

A partir del 1-10-2015 los letrados de la administración de justicia deberán abstenerse en los casos establecidos para los jueces y magistrados (LOPJ art.219) y, si no lo hicieran, podrán ser recusados. La abstención se formulará por escrito motivado dirigido al secretario coordinador provincial, quien decidirá la cuestión: - en caso de confirmarse la abstención: el letrado de la administración de justicia que se haya abstenido debe ser reemplazado por su sustituto legal; - en caso de denegarse: deberá aquél continuar actuando en el asunto. Para la recusación de los letrados de la administración de justicia las mismas normas que las establecidas para jueces y magistrados (LOPJ art.223) con las siguientes excepciones: a) No pueden ser recusados durante la práctica de cualquier diligencia o actuación de que estuvieren encargados. b) La pieza de recusación se resuelve por el Secretario de Gobierno, previa instrucción del incidente por el Secretario Coordinador correspondiente, o en su caso, Secretario Judicial que aquél designe (LEC art.115-redacc LO 7/2015 disp.final 4ª.2). c) Presentado el escrito de recusación, el recusado ha de informar detalladamente por escrito si reconoce o no como cierta y legítima la causa alegada. Debe dar traslado de dicho escrito al Secretario Coordinador correspondiente para que éste dé cuenta al Secretario de Gobierno, o, en su caso, directamente al Secretario de Gobierno que deba conocer de la recusación (LEC art.116-redacc LO 7/2015 disp.final 4ª.3). d) Cuando el recusado reconozca como cierta la causa de la recusación, el Secretario de Gobierno le ha de tener por recusado mediante decreto, si estima que la causa es legal. Si estima que la causa no es de las tipificadas en la ley, declarará no haber lugar a la recusación. Contra el decreto sobre recusación no cabe recurso alguno. e) Cuando el recusado niegue la certeza de la causa alegada como fundamento de la recusación, el instructor (el Secretario Coordinador), si admitiere a trámite la recusación propuesta, ha de ordenar la práctica, en el plazo de 10 días, de la prueba solicitada que sea pertinente y la que estime necesaria, dándose traslado de las mismas al Ministerio Fiscal para informe por plazo de 3 días. Transcurrido ese plazo, con o sin informe del Ministerio Fiscal, lo remitirá al Secretario de Gobierno quien decidirá el incidente de recusación dentro de los 5 días siguientes. Contra dicha resolución no cabe recurso alguno (LEC art.118 redacc LO 7/2015 disp.final 4ª.5). f) El recusado, desde el momento en que sea presentado el escrito de recusación, ha de ser reemplazado por su sustituto legal.

NOTA Se establece que el Gobierno remitirá a las Cortes Generales -antes del 1-10-2016- los proyectos de ley de modificación de las leyes procesales que resulten necesarios para la adaptación a lo dispuesto en ella y aprobará las normas reglamentarias precisas para su desarrollo (LO 7/2015 disp.final 7ª).

También puede interesarte

17 febrero 2026

Protección por desempleo para trabajadores al servicio del hogar familiar

Con efectos desde el 4-2-26, se prevé la opción de suspender total o parcialmente el contrato de trabajo o de reducir la jornada cuando, como consecuencia de los daños producidos en municipios cuyos habitantes hayan sido total o parcialmente desalojados o evacuados, afectados por los fenómenos meteorológicos adversos en Andalucía y Extremadura, no puedan prestarse total o parcialmente los servicios propios de la relación laboral del servicio del hogar familiar.

11 noviembre 2025

Despido por conductas sancionables fuera del horario laboral

Es procedente el despido disciplinario de trabajadores que, fuera del horario laboral, celebran una fiesta en el aparcamiento, consumiendo bebidas alcohólicas y accediendo reiteradamente al interior para tomar productos de la empresa, causando así un perjuicio económico y a la imagen de la empresa. La transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza constituyen incumplimientos graves que pueden justificar el despido disciplinario, incluso si la conducta se produce fuera del horario laboral, siempre que exista una vinculación con la relación laboral y un perjuicio para la empresa.

13 junio 2023

Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023

Se publica de conformidad con lo estipulado por la Ley de Empleo, y concreta las directrices para alcanzar los objetivos de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 y los indicadores a utilizar para conocer y evaluar su cumplimiento.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email