Murcia. Medidas urgentes en materia urbanística

1 septiembre 2026

Actualidad inmobiliaria. Septiembre de 2026

Murcia. Medidas urgentes en materia urbanística

Se establecen medidas para dar respuesta a la situación de emergencia habitacional mediante la creación de la «Vivienda Asequible de la Región de Murcia».
MI n.º 3938. MARRI n.º 5834
El Decreto-ley aborda una situación de emergencia habitacional en la Región de Murcia, caracterizada por una insuficiencia estructural de la oferta de vivienda, un aumento significativo de los precios y dificultades de acceso a la compra y al alquiler, con especial impacto en jóvenes y familias. La norma vincula la urgencia de la intervención pública al mandato de promover las condiciones necesarias para garantizar el disfrute del derecho a una vivienda digna y adecuada.
La norma crea y regula la «Vivienda Asequible de la Región de Murcia» como una nueva categoría integrada en el régimen de vivienda protegida, orientada a incrementar el parque de viviendas con precio limitado y a asegurar su mantenimiento mediante condiciones específicas de duración, limitaciones de disposición y control del régimen.
Simplifica y agiliza el procedimiento administrativo de acreditación de la vivienda asequible, desde la solicitud hasta su constancia en escritura pública, mediante una tramitación preferente y plazos reducidos que permitan acelerar su incorporación efectiva al mercado.
El régimen incorpora precios máximos para la venta y el alquiler, mecanismos de actualización anual y restricciones dirigidas a evitar la especulación y garantizar la permanencia del carácter asequible de las viviendas.
Se introducen medidas urbanísticas transitorias para aumentar la oferta de vivienda protegida, entre ellas:
  • Primas de edificabilidad en suelos residenciales urbanos y en ámbitos con costes añadidos.
  • Compatibilización de usos para facilitar la transformación de oficinas y locales en viviendas colectivas.
  • Tramitación conjunta de instrumentos residenciales con evaluación ambiental cuando se destinen íntegramente a vivienda protegida.
  • Incentivos para la rehabilitación y finalización de edificaciones no terminadas, con reservas mínimas de vivienda protegida.
  • Flexibilización de parámetros urbanísticos mediante ajustes no estructurales.
Asimismo, modifica aspectos de la normativa urbanística regional para facilitar licencias y actuaciones en determinados suelos y permitir fórmulas de cumplimiento de dotaciones mediante incrementos controlados de edificabilidad. La norma se dicta al amparo de la extraordinaria y urgente necesidad, con aplicación inmediata, para ofrecer una respuesta normativa rápida y eficaz a la crisis de acceso a la vivienda.
DL Murcia 3/2026, BORM de 7-7-2026.

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