7 abril 2026
Plazo extraordinario de renuncia al SII y baja en el REDEME
La AEAT amplía la nota publicada el 1-4-2026 donde recoge los efectos que sobre la renuncia al SII y la baja en REDEME tiene la no convalidación del RDL 16/2025 y RDL 2/2026.
11 Con efectos a partir del 18-1-2025 y de aplicación a las declaraciones que se presenten a partir de 1-1-2025, en relación con la información correspondiente al año 2024, se introducen las siguientes modificaciones en el anexo II del modelo 193:a) En el registro 1, registro de declarante, se elimina el campo “SELLO ELECTRÓNICO”, que ocupa las posiciones 488 a 500; paralelamente se actualizan las posiciones del campo “BLANCOS”.b) En el registro 2, registro de perceptor:- se modifica el título del campo “PAGO A UN MEDIADOR” (posición 76) y el contenido del campo “PENDIENTE” (posición 117) y del campo “NATURALEZA DEL DECLARANTE” (posición 208);- se añaden los campos siguientes: uno sin título (posición 314), “NÚMERO DE ORDEN” (posiciones 315 a 321), “NIF DEL PAGADOR ANTERIOR” (posiciones 322 a 330), “FECHA DE DEVENGO” (posiciones 331 a 338), “CLAVE DE MERCADO” (posición 339) y paralelamente se actualizan las posiciones del campo “BLANCOS”.OF Araba 761/2011 anexo II redacc OF Araba 2/2025 art.1, BOTHA 17-1-25
7 abril 2026
La AEAT amplía la nota publicada el 1-4-2026 donde recoge los efectos que sobre la renuncia al SII y la baja en REDEME tiene la no convalidación del RDL 16/2025 y RDL 2/2026.
17 marzo 2026
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025 que no hubieran finalizado el 22-3-2026 se prorroga la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables, de forma que también será de aplicación en los períodos impositivos que se inicien o concluyan en 2025 y 2026, cuando la entrada en funcionamiento de los elementos que pueden acogerse a la libertad de amortización, se produzca en 2025 y 2026 respectivamente.
27 enero 2026
Desde el 28-1-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 16/2025, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
Recibe los posts más recientes en tu email