Actualidad. 21 a 27 de junio de 2022
Régimen de la donación de bienes en el IVA de Araba
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada en la LIVA, por la que se cambia el tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos, siempre que estas entidades destinen estos productos a sus fines de interés general.
Con efectos a partir del 10-4-2022:
- Se modifica la regla tercera de determinación de la base imponible en el autoconsumo de bienes: se incorpora una presunción de deterioro total de los bienes donados, por lo que, en consecuencia, la base imponible es igual a cero en estas operaciones de donación;
- Se establece un tipo del 0% aplicable a las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos.DFN Araba 12/1993 art.79.Tres.3º y 91.cuatro redacc DNUF Araba 8/2022EDL 2022/21487, BOTHA 22-6-22