3 febrero 2026
Entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes destinados a uso como carburante
Se reduce el volumen de extracciones necesarios para ser operador confiable.
Actualidad. 21 a 27 marzo de 2023
Cada una de las empresas de transporte debe determinar la base imponible del IVA de los servicios prestados conforme a la contraprestación acordada con la otra parte, sin que proceda aplicar neteo o compensación alguna entre las cantidades que tenga que percibir y las que tenga que abonar a otras empresas de transporte derivada de los servicios que se prestan entre ellas.
Prestación de Servicios:En este sentido, no se incluirán en la base imponible los descuentos y bonificaciones que se justifiquen por cualquier medio de prueba admitido en derecho y que se concedan previa o simultáneamente al momento en que la operación se realice y en función de ella. Lo anterior no será de aplicación cuando las minoraciones de precio constituyan remuneraciones de otras operaciones (LIVA art.78.Tres.2).
Operaciones Cruzadas:Por tanto, se impide con este precepto la minoración de la base imponible en el importe de la contraprestación de otras operaciones, con la pretensión de excluir el denominado neteo, esto es, la práctica consistente en repercutir el IVA, en caso de que existan operaciones cruzadas entre dos empresarios o profesionales, únicamente sobre el importe neto resultante de ambas.
Por tanto, cada una de las empresas de transporte debe determinar la base imponible del IVA de los servicios prestados conforme a la contraprestación acordada con la otra parte, sin que proceda aplicar neteo o compensación alguna entre las cantidades que tenga que percibir y las que tenga que abonar a otras empresas de transporte derivada de los servicios que se prestan entre ellas.DGT CV 1-12-22V2484-22EDD 2022/804747
3 febrero 2026
Se reduce el volumen de extracciones necesarios para ser operador confiable.
9 diciembre 2025
Con efectos desde el 5-12-2025, se introducen algunas modificaciones en relación con la circulación de vehículos en zonas de bajas emisiones.
5 diciembre 2023
Con entrada en vigor el 1-12-2023 se modifican algunos aspectos técnicos de las órdenes que aprueban los diseños de registro de los modelos 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296, y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la orden ministerial que aprueba el modelo 289.
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