Obligaciones de información en el IRPF de Bizkaia

30 junio 2026

Se revisan las obligaciones de información sobre monedas virtuales, como consecuencia de la transposición de la DAC 8 (Dir (UE) 2023/2226).

Actualidad. 30 de junio a 6 de julio de 2026

  • Obligaciones de información en el IRPF de Bizkaia: se revisan las obligaciones de información sobre monedas virtuales, como consecuencia de la transposición de la DAC 8 (Dir (UE) 2023/2226).
  • Con efectos a partir del 1-1-2026, respecto a las obligaciones de información sobre monedas virtuales, se introducen las siguientes novedades:
  • a) Se determina el concepto de criptoactivo (Rgto (UE) 2023/1114 art.3.1.5) en el cumplimiento de la obligación establecida para las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir criptoactivos, ya se preste ese servicio con carácter principal o en conexión con otra actividad.
  • b) Se establece un régimen transitorio de las monedas virtuales en el que se especifica que la obligación de informar sobre operaciones con monedas virtuales exigida a personas y entidades residentes en España y a los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios de cambio, o intermedien de cualquier forma en la realización de esas operaciones, o proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir criptoactivos, debe cumplirse en los términos señalados reglamentariamente respecto de las operaciones realizadas en el año 2025.
  • Esta obligación, queda derogada con efectos a partir del 1-1-2026. NF Bizkaia 13/2013 disp.adic.10ª.6 redacc DFN Bizkaia 3/2026 art.2, BOTHB 3-7-26; NF Bizkaia 13/2013 disp.adic.10ª.7 derog DFN Bizkaia 3/2026 disp.derog.única, BOTHB 3-7-26; DFN Bizkaia 3/2026 disp.trans.única, BOTHB 3-7-26

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