19 mayo 2026
Transmisión de participaciones por sociedad dominante
La calificación de la gestión de la cartera como actividad económica está condicionada por la presencia de habitualidad, sustantividad de la actividad financiera y en la propia configuración operativa de la sociedad. La transmisión de una participación en una entidad puede quedar no sujeta, pero exige que exista una transmisión indirecta de una unidad económica autónoma capaz desarrollar una actividad empresarial o profesional por sus propios medios.