Actualidad. 5 a 11 de noviembre de 2024
Novedades en las deducciones aplicables en Galicia
Dentro del contexto de las diferentes medidas adoptadas relacionadas con el compromiso con el desarrollo sostenible en esta comunidad autónoma, se aprueba una nueva deducción en relación con los proyectos declarados de especial interés público, social o económico.
Efectos desde el 12-11-2024
Se aprueba una nueva deducción en la cuota íntegra del impuesto del 20% de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales, a consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital, de aquellas entidades que tengan por objeto social exclusivo la realización de proyectos que sean declarados de especial interés público, social o económico, en concreto, con proyectos de producción de energías renovables y sus infraestructuras y los relacionados con el sector minero (L Galicia 2/2024 art. 17 y 20). La base máxima sobre la que puede ser aplicado el porcentaje de deducción es de 10.000 euros para cada entidad, con independencia de que la inversión se realice en uno o en varios periodos impositivos. Existe incompatibilidad con otra deducción aplicable por la misma inversión en capital.DLeg Galicia 1/2011 art.5.21 redacc L Galicia 2/2024 disp.final 3ª.Uno, DOG 12-11-24; L Galicia 2/2024 disp.final 8ª, DOG 12-11-24