27 enero 2026
Derogación RDL 16/2025: efectos tributarios
Desde el 28-1-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 16/2025, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
25 de junio a 1 de julio de 2024
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024, se incrementa el porcentaje de la reducción y se reduce el tiempo de mantenimiento del incremento de los fondos propios.
Con los efectos indicados, se introducen los siguientes cambios:
a) Se incrementa el porcentaje aplicable para la determinación del importe de la reducción del 10% al 15%.
b) El tiempo de mantenimiento del incremento de los fondos propios se reduce de cinco a tres años. Debido a lo anterior, el plazo de indisponibilidad de la reserva que se debe dotar, también se reduce a tres años. Como régimen transitorio se estable que el nuevo plazo resulta de aplicación respecto del incremento de fondos propios y de las reservas de capitalización dotadas cuyo plazo de mantenimiento e indisponibilidad, respectivamente, no haya expirado al inicio del primer período impositivo que comience a partir del 1-1-2024.LIS art.25.1 y disp.trans.43ª redacc RDL 4/2024 art.4.Dos y Tres, BOE 27-6-24
27 enero 2026
Desde el 28-1-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 16/2025, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
11 noviembre 2025
La DGT cambia de criterio sobre el gravamen en TPO de la transmisión de derechos de crédito por no empresarios o profesionales.
22 julio 2025
Si los gastos financieros derivan de deudas contraídas para el funcionamiento de los elementos patrimoniales, y dichos elementos se aportaron mediante una operación acogida al régimen de reorganizaciones empresariales a una entidad del grupo, es esta última la que asume la proporción correspondiente de dichos gastos, aunque procedan de ejercicios anteriores a la aportación.