10 marzo 2026
Declaración del IP y del ISGF en Araba
Se aprueban las modalidades y plazos para la presentación y pago de las declaraciones del IP y del ISGF para el ejercicio 2025.
Navarra aprueba la obligación de comunicar el importe neto de la cifra de negocios y si se cumple el requisito de participación exigido al efecto.
La comunicación se debe realizar mediante la presentación del modelo F-65 (de declaración de opciones y renuncias. Censos Especiales (IVA.). Comunicación previa al inicio de actividad -OF Navarra 427/2013EDL 2013/255001-, en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de febrero, ambos incluidos, del ejercicio en que deba surtir efectos la comunicación en el impuesto sobre actividades económicas. Sin embargo, los sujetos pasivos que ejerzan una actividad en el resto del territorio español e inicien su actividad en territorio navarro con posterioridad al 14 de febrero, deben presentar el modelo F-65 en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la declaración de alta en el impuesto sobre actividades económicas.OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591 art.1, BON 24-2-22; OF Navarra 127/2013 art.2.l y anexo I redacc OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591 art.2, BON 24-2-22NOTA1. La comunicación prevista en la OF Navarra 16/2022 que deba surtir efecto en el periodo impositivo de 2022 debe realizarse mediante la presentación del modelo F-65 en el plazo comprendido entre el 25-2-2022 y el 31-3-2022. Los sujetos pasivos que ejerzan una actividad en el resto del territorio español e inicien su actividad en territorio navarro con posterioridad al 31-3-2022, deben presentar el modelo F-65 en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la declaración de alta en el IAE (OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591 disp.trans.única). 2. Con efectos desde el 25-2-2022, se adecúa el modelo F-65 (OF Navarra 427/2013EDL 2013/255001) a la obligación de comunicación exigida por la OF Navarra 16/2022EDL 2022/4591.
10 marzo 2026
Se aprueban las modalidades y plazos para la presentación y pago de las declaraciones del IP y del ISGF para el ejercicio 2025.
20 enero 2026
La prohibición de iniciar la vía de apremio administrativa para reclamar un crédito tributario concursal contra la masa, desde la apertura del concurso -salvo aprobación de convenio y durante la fase de cumplimiento-, no impide que los créditos tributarios contra la masa generados después de la declaración de concurso generen recargos, que también tienen la consideración de créditos contra la masa.
23 diciembre 2025
Con efectos para los períodos impositivos iniciados desde el 1-1-2025, se crea un nuevo impuesto para garantizar un nivel mínimo de imposición efectiva del 15% a grupos multinacionales y grupos nacionales de gran magnitud, es decir, aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios consolidado sea igual o superior a 750 millones de euros en, al menos, dos de los cuatro últimos ejercicios inmediatamente anteriores.
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