Novedades en el ITP y AJD de Gipuzkoa | Actualización diciembre 2025

9 diciembre 2025

Actualidad: 9 a 15 de diciembre de 2025

Novedades en el ITP y AJD de Gipuzkoa

Se incorpora al Reglamento del ITP y AJD la declaración responsable acreditativa de que la persona o entidad contribuyente no es titular de más de 5 viviendas en un porcentaje de titularidad superior al 50%, condición indispensable para poder así aplicar el tipo del 4% en la adquisición de vivienda. MFF nº 4283

La aplicación del tipo impositivo del 4% a la transmisión de viviendas en general requiere que la persona adquirente no sea titular de más de 5 viviendas en un porcentaje superior al 50% en cada una de ellas. Para ello, el adquirente debe formular ante la Administración tributaria una declaración responsable en la que haga constar tal circunstancia, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, y sin perjuicio de la comprobación por la Administración tributaria. Con efectos a partir del 16-12-2025, las personas o entidades contribuyentes deben formular la declaración responsable acreditativa de no ser titulares de otras 5 o más viviendas, en las que ostente una titularidad superior al 50% en cada una de ellas, relacionando e identificando todas las viviendas en las que la contribuyente ostente cualquier grado de titularidad superior al 50%, y la titularidad que ostenta en cada una de ellas. A estos efectos, se detallan los datos que deben constar en dicha declaración responsable:

  • la dirección y código postal de la vivienda;
  • la referencia catastral o número de finca de la vivienda;
  • en caso de que la vivienda esté situada en el extranjero, se ha de especificar el país y el código postal en que se sitúe, así como el código de identificación equivalente a la referencia catastral o número de finca en aquel territorio.

DF Gipuzkoa 9/2011 art.18 bis redacc DF Gipuzkoa 22/2025 art.3, BOTHG 15-12-25

También puede interesarte

23 junio 2026

Novedades en los modelos 210 y 296 del IRNR

Se introducen novedades en el modelo 210 de autoliquidación del IRNR por las rentas obtenidas en España sin mediación de establecimiento permanente, entre las que destacan la modificación del plazo de presentación de la autoliquidación y de los plazos de presentación telemática de las autoliquidaciones con domiciliación del pago (modelo 210 y 213). Se aprueban, además, algunas mejoras técnicas en el modelo 296 de declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta.

21 enero 2025

Resumen anual de retenciones sobre determinados rendimientos del capital mobiliario y rentas en el IRPF, IS e IRNR de Araba. (RF 03/25 14 de Enero de 2025 al 20 de Enero de 2025)

Se modifica el modelo 193 para mejorar la calidad de la información fiscal, derivada de la actualización de las referencias normativas de determinadas obligaciones informativas y adaptaciones técnicas necesarias para facilitar y mantener un correcto intercambio de información con el resto de las Administraciones Tributarias y, en consecuencia, una mejora en la gestión tributaria.

14 noviembre 2023

Garantías procesales en el procedimiento inspector

Las graves omisiones procedimentales consistentes en no valorar tanto las alegaciones previas al acta como las alegaciones previas a la liquidación, determinan la nulidad de las actuaciones tributarias, al privar al contribuyente, de forma manifiesta, de la posibilidad de un ejercicio efectivo del derecho de defensa.

Lo más destacado de fiscal, en pódcast

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email