Novedades en el ITP y AJD de Gipuzkoa

9 diciembre 2025

Actualidad: 9 a 15 de diciembre de 2025

Novedades en el ITP y AJD de Gipuzkoa

Se incorpora al Reglamento del ITP y AJD la declaración responsable acreditativa de que la persona o entidad contribuyente no es titular de más de 5 viviendas en un porcentaje de titularidad superior al 50%, condición indispensable para poder así aplicar el tipo del 4% en la adquisición de vivienda. MFF nº 4283

La aplicación del tipo impositivo del 4% a la transmisión de viviendas en general requiere que la persona adquirente no sea titular de más de 5 viviendas en un porcentaje superior al 50% en cada una de ellas. Para ello, el adquirente debe formular ante la Administración tributaria una declaración responsable en la que haga constar tal circunstancia, en las condiciones que reglamentariamente se determinen, y sin perjuicio de la comprobación por la Administración tributaria. Con efectos a partir del 16-12-2025, las personas o entidades contribuyentes deben formular la declaración responsable acreditativa de no ser titulares de otras 5 o más viviendas, en las que ostente una titularidad superior al 50% en cada una de ellas, relacionando e identificando todas las viviendas en las que la contribuyente ostente cualquier grado de titularidad superior al 50%, y la titularidad que ostenta en cada una de ellas. A estos efectos, se detallan los datos que deben constar en dicha declaración responsable:

  • la dirección y código postal de la vivienda;
  • la referencia catastral o número de finca de la vivienda;
  • en caso de que la vivienda esté situada en el extranjero, se ha de especificar el país y el código postal en que se sitúe, así como el código de identificación equivalente a la referencia catastral o número de finca en aquel territorio.

DF Gipuzkoa 9/2011 art.18 bis redacc DF Gipuzkoa 22/2025 art.3, BOTHG 15-12-25

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