Actualidad. 11 a 17 de enero de 2022
Modelo de declaración-liquidación anual en el IVA de Araba
Se introduce en el modelo 390 de declaración-liquidación anual del IVA, las modificaciones necesarias para su adaptación a los cambios introducidos en el impuesto como consecuencia de la aprobación de estos nuevos regímenes especiales de ventanilla única.
La transposición de las determinadas directivas ha incluido importantes modificaciones en el ámbito de la tributación de las entregas de bienes que, adquiridos por consumidores finales, generalmente a través de internet y plataformas digitales, son enviados por el proveedor desde otro Estado miembro o un país o territorio tercero, y las prestaciones de servicios efectuadas a favor de consumidores finales por empresarios no establecidos en el Estado miembro donde, conforme a las reglas de localización del hecho imponible, quedan sujetas a IVA.
Por otra parte, para reducir las cargas administrativas y facilitar la recaudación del impuesto, se introducen nuevos regímenes especiales de ventanilla única a los que pueden opcionalmente acogerse los empresarios y profesionales, generalmente no establecidos en el Estado miembro donde quedan sujetas las operaciones para la declaración y liquidación del impuesto devengado por las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas a favor de consumidores finales establecidos en la Comunidad.
La aplicación de los regímenes especiales anteriores a partir de 1-7-2021 afecta al modelo 390, ya que operaciones acogidas a ellos que se autoliquidaban a través de este modelo, pasan a autoliquidarse a través del nuevo modelo 369.
Por tanto, de aplicación a partir del 1-1-2022:
- se sustituye la OF Araba 765/2013EDL 2013/244072 anexo I por la OF Araba 1/2022EDL 2022/364 anexo I;
- se modifica la descripción de registros de los diseños lógicos de los soportes directamente legibles por ordenador para la presentación de declaraciones-liquidaciones del IVA, modelo 390, que figuran en la OF Araba 1/2022EDL 2022/364 anexo II.
OF Araba 765/2013 anexo I redacc OF Araba 1/2022EDL 2022/364 art.1, BOTHA 17-1-22; OF Araba 1/2022EDL 2022/364 art.2, BOTHA 17-1-22
NOTA
Con efectos a partir del 18-1-2022, queda derogada la OF Araba 765/2013EDL 2013/244072 art.1.uno.