Actualidad. 23 a 29 de diciembre de 2025
Modelo de autoliquidación del ITP y AJD en Bizkaia
Se aprueba el modelo 600 de autoliquidación del ITP y AJD y se regula su presentación. MFF nº 4430
Con efectos a partir del 1-1-2026, se aprueba en Bizkaia el modelo 600 de autoliquidación del ITP y AJD y se regula su presentación. Hay que destacar los siguientes aspectos:
- a) Formas de presentación:
- 1. Presentación telemática. La presentación telemática del modelo 600 es obligatoria en los siguientes supuestos:
- la realizada en nombre de terceras personas por parte de personas físicas o jurídicas, que se dediquen profesionalmente a la presentación del modelo 600 en nombre de terceros;
- la derivada de documentos-póliza, así como la ligada a documentos administrativos presentados por procuradores o procuradoras;
- las relativas a una operación de préstamo entre particulares, que se han de realizar a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia en los términos que en la misma se establezcan.
- 2. Presentación de forma presencial. En los supuestos no recogidos anteriormente, se puede presentar el modelo 600, de forma presencial en las oficinas del Departamento de Hacienda y Finanzas de Bilbao, o en la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario del Registro de la Propiedad que corresponda, previo pago del mismo en su caso, en cualquier entidad financiera colaboradora con la recaudación de esta Hacienda Foral.
- b) Plazo de presentación. La autoliquidación, junto con los documentos que deben acompañarla, se debe presentar en el plazo de 30 días hábiles desde el momento en que se realice el acto o contrato. Cuando se trate de documentos judiciales se entiende causado el acto o contrato en la fecha de firmeza de la correspondiente resolución judicial.
- c) Presentación telemática de expedientes con escritura notarial:
- los notarios deben presentar el modelo 600 así como la documentación de la que deba acompañarse a través de las plataformas telemáticas que ponga a su disposición la Dirección General del Notariado;
- para la presentación de expedientes con escritura pública por Gestorías, Asesorías y demás profesionales en nombre de terceras personas, estas deben poder operar en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia y utilizar el programa de ayuda del modelo 600 en su última versión, que puede ser descargado directamente desde la página web del Departamento de Hacienda y Finanzas. También pueden utilizar el módulo de impresión, en caso de que se cuente con programas de gestión propios interoperables con dicho programa que permitan obtener el fichero necesario para la presentación telemática por la sede electrónica.
- d) Presentación telemática de documentos-póliza intervenidas notarialmente y de documentos administrativos. Para la presentación de expedientes con documento póliza intervenida notarialmente o de documentos administrativos, el presentador debe poder operar en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia y utilizar el programa de ayuda del modelo 600 en su última versión, que puede ser descargado directamente desde la página web del Departamento de Hacienda y Finanzas. Al expediente debe adjuntarse la póliza o documento administrativo.
- e) Presentación telemática a través de programa de ayuda. Cuando se realice la presentación telemática a través del programa de ayuda y la presentación comporte el pago de una deuda tributaria, este se puede realizar a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia en el momento de la presentación mediante cualquiera de las formas de pago admitidas por la pasarela de pagos.
- f) Presentaciones telemáticas de contratos de préstamo entre particulares. Para las presentaciones relativas a una operación de préstamo entre particulares deben utilizarse los medios telemáticos que se pondrán a disposición de los y las obligadas tributarias en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, en los términos que en la misma se establezcan.
- g) Presentaciones del modelo de forma presencial:
- 1. La presentación del modelo 600 en los supuestos en que no sea obligatoria su presentación de forma telemática, junto con la documentación de la que deba acompañarse, se puede efectuar de forma presencial, mediante cita previa en las oficinas del Departamento de Hacienda y Finanzas en la calle Camino Capuchinos de Basurto, número 4, o en alguna de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario del Registro de la Propiedad ubicadas en Bizkaia cuando así proceda.
- 2. El ingreso de la deuda tributaria que, en su caso, se genere, se debe efectuar en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras de la recaudación con la Hacienda Foral de Bizkaia con anterioridad a la presentación del modelo 600.
- 3. La presentación de un modelo 600 de manera presencial debe ir acompañada de la siguiente documentación:
- fotocopia del NIF del sujeto pasivo y de las personas transmitentes, siempre que no estén identificadas previamente por el Departamento de Hacienda y Finanzas;
- escritura pública, documento privado, judicial o administrativo que contenga el acto sujeto al impuesto y fotocopia del mismo.
OF Bizkaia 639/2025, BOTHB 26-12-25; OF Bizkaia 3287/2009 derog OF Bizkaia 639/2025 disp.derog.única, BOTHB 26-12-25; OF Bizkaia 490/2010 derog OF Bizkaia 639/2025 disp.derog.única, BOTHB 26-12-25NOTA: Desde el 1-1-2026, se
derogan la
OF Bizkaia 3287/2009, por la que se aprobó el modelo de impreso 600 de autoliquidación del ITP y AJD y la
OF Bizkaia 490/2010, por la que se regulaba el procedimiento para la presentación telemática del modelo 600.