Medidas en el IS de Bizkaia ante la crisis en Oriente Medio

14 abril 2026

Se incorporan medidas que afectan a la amortización acelerada extraordinaria y a la deducción por creación de empleo y por creación de empleo de mujeres y menores de 36 años.
Actualidad. 14 a 20 de abril de 2026Medidas en el IS de Bizkaia ante la crisis en Oriente MedioSe incorporan medidas que afectan a la amortización acelerada extraordinaria y a la deducción por creación de empleo y por creación de empleo de mujeres y menores de 36 años.MFF nº 2274, 2832, 2845MPD nº 474

12Con vigencia desde el 20-4-2026, se incorporan las siguientes medidas dirigidas a fomentar la creación de empleo y la inversión empresarial: a) Amortización acelerada extraordinariaLos elementos del inmovilizado material nuevos, excluidos los edificios y los medios de transporte a los que se apliquen las reglas de la NF Bizkaia 11/2013 art.31.3.a y d primer y segundo párrafo, que se adquieran durante el ejercicio 2026, pueden amortizarse, a partir de su entrada en funcionamiento, en función del coeficiente que resulte de multiplicar por 1,5 el coeficiente de amortización máximo previsto en la tabla. Se incluyen los elementos del inmovilizado material construidos por la propia empresa y los encargados en virtud de un contrato de ejecución de obra suscrito en el ejercicio 2026 siempre que su puesta a disposición se produzca dentro de los doce meses siguientes a la conclusión del mismo.b) Deducción por creación de empleo y deducción por creación de empleo de mujeres y menores de 36 añosA efectos de la aplicación de estas deducciones, se aplican las siguientes especialidades en relación con las contrataciones laborales de carácter indefinido que se produzcan en el ejercicio 2026: - el porcentaje de deducción por creación de empleo previsto con carácter general es del 35% y el límite máximo de la deducción aplicable por cada persona contratada es del 60% del salario mínimo interprofesional en el momento de la contratación;- el porcentaje de deducción por creación de empleo de mujeres y menores de 36 años es del 45%.NF Bizkaia 11/2013 art.66.1 segundo párrafo y 66 decies.2 primer párrafo redacc DFN Bizkaia 1/2026 art.4 y 5, BOTHB 20-4-26

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