17 febrero 2026
Novedades en los modelos 170 y 196
Se modifica el procedimiento para la presentación electrónica de los modelos 170 y 196 en Navarra.
Actualidad. 12 a 18 de marzo de 2024
Al existir dos prestaciones de servicios diferenciados, la condición subjetiva del destinatario determinará el lugar de realización en la intermediación en nombre propio en la venta de entradas a monumentos, espectáculos y manifestaciones culturales.
6Una entidad residente en TIVA va a intermediar en la venta de entradas a monumentos, espectáculos y manifestaciones culturales. Una vez recibido el pedido del cliente, la entidad compra la entrada al organizador del evento que emite una factura en la que no identifica al comprador final de la entrada, y cobra al cliente el importe de la entrada más la comisión por el servicio de intermediación que presta. La operativa se va a realizar tanto a nivel de España, como de los países miembros de la UE.Ante la duda de si pueden ser considerada la compra de entradas como suplidos, dónde debe localizar estos servicios y la posible aplicación del régimen de ventanilla única, interpela a la DGT, quien en su contestación recuerda:
17 febrero 2026
Se modifica el procedimiento para la presentación electrónica de los modelos 170 y 196 en Navarra.
18 noviembre 2025
Con efectos desde el 24-7-2025, se modifica la referida Instrucción para adaptarla al criterio del TEAC, así como para ofrecer una regulación más precisa de las solicitudes de aplazamientos y fraccionamiento en materia preconcursal y concursal.
13 enero 2026
La prohibición de iniciar la vía de apremio administrativa para reclamar un crédito tributario concursal contra la masa, desde la apertura del concurso -salvo aprobación de convenio y durante la fase de cumplimiento-, no impide que los créditos tributarios contra la masa generados después de la declaración de concurso generen recargos, que también tienen la consideración de créditos contra la masa.
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