Actualidad. 22 a 28 de julio de 2025
Indemnizaciones por daños y perjuicios en accidentes de circulación Desde el 26-7-2025, a efectos del IRPF, las indemnizaciones satisfechas por daños y perjuicios causados a las personas como consecuencia del daño corporal ocasionado por hechos de la circulación, cuantificados con arreglo a los criterios establecidos en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (RDLeg 8/2004), se consideran indemnizaciones en la cuantía legalmente reconocida cuando se abonen no solo por una entidad aseguradora como consecuencia de la responsabilidad civil de su asegurado, sino también por el Consorcio de Compensación de Seguros.
MIRPF nº
831 1RDLeg 8/2004 art.1.5 redacc L 5/2025 art.primero.uno, BOE 25-7-25