26 mayo 2026
Régimen fiscal aplicable a la « UEFA Champions League Masculina 2027»
Se aprueba el régimen fiscal específico aplicable a los no residentes con motivo de la final de la « UEFA Champions League Masculina 2027».
5Un no residente, que adquirió un terreno por herencia, lo transmite ahora mediante compraventa, planteándose cómo pueden los adquirientes como sujetos pasivos acreditar la pérdida de valor.En una transmisión por compraventa, como regla general, la persona física que transmite el terreno es el sujeto pasivo a título de contribuyente. Pero, en este caso, al ser el contribuyente una persona física no residente en España, la persona física que adquiere el terreno tiene la consideración de sujeto pasivo sustituto del transmitente (LHL art.106).La aplicación del método de la plusvalía real por diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición del terreno, para la aplicación de la no sujeción al impuesto regulada en la LHL art.104.5, y para la determinación de la base imponible del impuesto según la LHLart.107.5, solo tiene lugar cuando el sujeto pasivo así lo solicite. Por ello, el adquirente, como obligado tributario, tiene derecho a que se le aplique el citado supuesto de no sujeción cuando así lo solicite y acredite la inexistencia de incremento de valor del terreno. Asimismo, tiene derecho a que se aplique el mencionado método de determinación de la base imponible, cuando así lo solicite y acredite que el incremento de valor obtenido es inferior a la cuantía de la base imponible calculada por el método objetivo.En este caso, como valores de transmisión o de adquisición del terreno se ha de tomar el mayor de los siguientes, sin computar los gastos o tributos que graven tales operaciones (LHL art.104.5):
26 mayo 2026
Se aprueba el régimen fiscal específico aplicable a los no residentes con motivo de la final de la « UEFA Champions League Masculina 2027».
27 enero 2026
Con fecha 28-1-2026, ha sido publicado el acuerdo de no convalidación del RDL 16/2025 donde se recogían diversas modificaciones que afectaban al IVA.
16 septiembre 2025
Para aplicar la deducción, no se exige una presencia física y continuada en Ceuta o Melilla. Para determinar que el servicio profesional se ha prestado en dichos territorios, se debe atender a la naturaleza de las funciones desarrolladas, así como el resto de pruebas -entre otras, la exigencia contractual de prestar el servicio profesional en dichos territorios-.
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