30 junio 2026
Modificación del tipo de gravamen del Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica
Con efectos para el ejercicio 2027 se reduce el tipo del impuesto, reduciéndose al 0% para el ejercicio 2028 y siguientes.
1Recientemente, el TJUE 27-1-22, asunto C-788/19EDJ 2022/501915 ha señalado que el régimen jurídico establecido por España para regular la obligación informativa de declaración de bienes y derechos situados en el extranjero (ver nº 13092 Memento Fiscal 2022) es incompatible con el Derecho de la UE al vulnerar los principios de seguridad jurídica, proporcionalidad y el principio general de libre circulación de capitales.
Por tanto, y en lo que respecta al IRPF, España ha adaptado su legislación y deja sin efecto la regulación por la que consideraba ganancia de patrimonio no justificada la tenencia, declaración o adquisición de bienes o derechos respecto de los que no se hubiera cumplido en plazo la obligación de informar a la Administración tributaria sobre determinados bienes y derechos situados en el extranjero, excepto cuando el contribuyente acreditase que la titularidad de tales bienes o derechos se correspondía con rentas declaradas, o bien con rentas obtenidas en periodos impositivos respecto de los cuales no tuvo la condición de contribuyente por este Impuesto. Como consecuencia, se suprime asimismo el régimen sancionador establecido hasta la fecha para tales ganancias, así como la regulación de la imputación temporal de las mismas (L 7/2012 disp.adic.1ª y 2ª derog L 5/2022).
En consonancia con lo anteriormente señalado, también se suprime el régimen de infracciones y sanciones por no presentar en plazo o presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos la declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero (ver nº 13092 Memento Fiscal 2022).LIRPF art.39 redacc L 5/2022 disp.final 5ª, BOE 10-3-22; L 7/2012 disp.adic.1ª y 2ª derog L 5/2022 disp.derog única.2, BOE 10-3-22; L 5/2022 disp.final 6ª, BOE 10-3-22
30 junio 2026
Con efectos para el ejercicio 2027 se reduce el tipo del impuesto, reduciéndose al 0% para el ejercicio 2028 y siguientes.
14 abril 2026
Se exonera de la obligación de autoliquidar e ingresar el pago fraccionado a cuenta del IRPF correspondiente al primer trimestre de 2026 a las personas físicas que realizan actividades económicas.
13 enero 2026
Se modifica el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua para incluir a los países con los que se intercambiará información a partir del ejercicio 2025.
Recibe los posts más recientes en tu email