23 diciembre 2025
Requisitos de la sociedad patrimonial en el IS de Araba
Se introducen novedades en los requisitos para la consideración de sociedad patrimonial.
Esta deducción se aplica en los mismos términos y condiciones que la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla. La norma aclara que las referencias a Ceuta y Melilla efectuadas en la LIRPF art.68.4.1º (deducción por rentas obtenidas en dichos territorios) y LIRPF art.101 (que regula los pagos a cuenta) y en el Reglamento del Impuesto se entenderán efectuadas a la isla de La Palma. En el período impositivo 2024, lo anterior solo resulta aplicable para determinar el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos a los que se aplique dicha deducción que se satisfagan a partir del 28-6-2024, o para determinar el tipo del pago fraccionado correspondiente a las actividades económicas que tengan derecho a la misma cuyo plazo de presentación no se haya iniciado a dicha fecha. En particular, lo anteriormente señalado se debe tener en cuenta para el cálculo del tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo a los que resulte aplicable el procedimiento general de retención (RIRPF art.82) que se satisfagan o abonen a partir del 28-6-2024, debiendo regularizar, en su caso, el tipo de retención o ingreso a cuenta en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir de dicha fecha. No obstante, se concede la opción al pagador de efectuar lo anterior en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del mes de julio, en cuyo caso el tipo de retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo satisfechos con anterioridad se determinará sin tener en cuenta la reducción del importe de estos pagos a cuenta. LIRPF disp.adic.57ª redacc RDL 4/2024 art.3.tres, BOE 27-6-24
23 diciembre 2025
Se introducen novedades en los requisitos para la consideración de sociedad patrimonial.
18 febrero 2025
Se interpretan determinados aspectos para la aplicación de los incentivos para el fomento de la cultura.
8 enero 2025
Con efectos desde el 1-1-2025, se adapta el modelo 600 de autoliquidación del ITP y AJD a las últimas novedades legislativas aprobadas que afectan a este territorio. Los modelos existentes en papel, van a poder seguir siendo utilizados teniendo en cuenta la lista de deducciones y bonificaciones introducidas por la presente Resolución.