Declaración anual de operaciones con terceras personas en el IVA de Gipuzkoa

25 enero 2022

Actualidad. 18 a 24 de enero de 2022

Declaración anual de operaciones con terceras personas en el IVA de Gipuzkoa

Se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática de las declaraciones del modelo.

15Para distinguir las operaciones realizadas con Irlanda del Norte, el Reino Unido debe asignar a los empresarios que puedan acogerse al protocolo de Irlanda del Norte un NIF IVA que comienza por XI. El protocolo no incluye los servicios en los que una de las partes esté establecida en Irlanda del Norte, por lo que, desde 1-1-2021 deben declararse, en su caso, a través de la Declaración anual de operaciones con terceras personas. Así, para hacer posible la inclusión en la Declaración anual de operaciones con terceras personas de aquellas operaciones con empresarios o profesionales cuyo NIF IVA comience por XI, pero que no estén incluidas en el protocolo para Irlanda del Norte, se introducen en el modelo 347 las modificaciones necesarias en la codificación del NIF IVA. Por ello, con efectos a partir del 22-1-2022 y, de aplicación por primera vez para la presentación de las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2021, los aspectos del modelo 347 son los siguientes:

  • a) Obligados. Deben presentar este modelo todas aquellas personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, así como las entidades a que se la NFGT GipuzkoaEDL 2005/83325 art.35.3, en los términos en que se establece en el DF Gipuzkoa 47/2013EDL 2013/242658 art.39.
  • b) Plazo. Se debe presentar durante el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante el año natural inmediatamente anterior.
  • c) Lugar. El modelo en impreso papel puede presentarse en las entidades autorizadas, en los términos del Reglamento de Recaudación, para actuar como colaboradoras en la recaudación de los tributos, en las Oficinas de Atención Ciudadana o en el Servicio de Gestión de Impuestos Indirectos del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
  • d) Formas de presentación:
    • 1. Soporte papel: que consta de dos ejemplares, uno de los cuales es para la Administración y el otro para el interesado, y se debe ajustar al diseño que figura en la OF Gipuzkoa 15/2022EDL 2022/737 anexo I. Este soporte se puede obtener en estancos o mediante la impresión del archivo PDF que se va a poner a disposición de los usuarios en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa ubicada en la dirección https://egoitza.gipuzkoa.net o en la página web del Departamento de Hacienda y Finanzas.
    • 2. Transmisión electrónica del fichero elaborado de acuerdo con los diseños lógicos previstos en la OF Gipuzkoa 15/2022EDL 2022/737 anexo II:
      • los sujetos pasivos que estén incluidos en el ámbito de aplicación de la OF Gipuzkoa 320/2017EDL 2017/115748 art.1, deben presentar este modelo por medios electrónicos. Además, es obligatoria la presentación por medios electrónicos de aquellas declaraciones que contengan más de 100 declarados. En el número total de declarados se entienden incluidos tanto los que figuran en las hojas interiores como, en su caso, en la hoja anexo de relación de los arrendamientos de locales de negocio.
      • los sujetos pasivos no incluidos en el punto anterior, que deseen presentar el modelo por medios electrónicos, deben hacerlo de conformidad con lo dispuesto en la citada OF Gipuzkoa 320/2017EDL 2017/115748. Esta transmisión electrónica debe efectuarse a través de Internet, desde la plataforma «Zergabidea». La plataforma «Zergabidea» se encuentra disponible en el portal https://zergabidea.gipuzkoa.eus. Así mismo, se puede acceder a esta desde la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa o desde la página web oficial del Departamento de Hacienda y Finanzas. El modelo a presentar se puede confeccionar cumplimentando los datos requeridos al efecto por la propia plataforma «Zergabidea», o mediante otros programas que permitan obtener ficheros electrónicos con los mismos formatos, características y especificaciones que los previstos en la OF Gipuzkoa 15/2022EDL 2022/737 anexo II, que han de presentarse a través de «Zergabidea» tras su descarga en la citada plataforma.
OF Gipuzkoa 15/2022EDL 2022/737, BOTHG 21-1-22
NOTA Con efectos a partir del 22-1-2022, se deroga la OF Gipuzkoa 581/2014EDL 2014/189295, por la que se aprobaba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas y sus formas de presentación (OF Gipuzkoa 15/2022EDL 2022/737 disp.derog.única).

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